DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 197 Jueves, 13 de octubre de 2005 Pág. 16.602

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 5 de octubre de 2005 por la que se conceden ayudas a conservatorios de música no dependientes de esta consellería.

Por Orden de 22 de abril de 2005 (DOG del 8 abril) se publicó la convocatoria para la concesión de ayudas a conservatorios de música no dependientes de esta consellería.

Valoradas las solicitudes y elevada la propuesta de concesión de estas subvenciones por la comisión constituida según el punto séptimo de la orden de convocatoria, la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria

DISPONE:

Primero.-Conceder las subvenciones, en las cuantías que se señalan, a los conservatorios de música que se relacionan en el anexo I a esta orden.

Segundo.-Para hacer efectivo el pago de las subvenciones, los beneficiarios presentarán en la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Especiales, Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial, antes del 15 de octubre de 2005, la justificación completa de los gastos realizados, según lo dispuesto en el punto décimo de la orden de convocatoria.

Tercero.-Contra esta orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia, ante la conselleira de Educación y Ordenación Universitaria, según lo dispuesto en la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE

del 14 de enero), de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régime jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27 de noviembre), o bien podrán presentar directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, conforme se establece en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa (BOE del 14 de julio).

Santiago de Compostela, 5 de octubre de 2005.

Laura Sánchez Piñón

Conselleira de Educación y Ordenación Universitaria

ANEXO I

ConservatorioImporte

Arzúa10.656,62 A

Barco de Valdeorras, O17.015,50 A

Betanzos12.565,67 A

Cambados10.922,86 A

Cangas22.220,18 A

Carballiño, O14.006,03 A

Carballo27.325,25 A

Celanova15.472,45 A

Culleredo25.287,66 A

Estrada, A16.883,13 A

Gondomar13.747,44 A

Guarda, A11.160,54 A

Lalín30.109,12 A

Melide23.137,68 A

Monforte de Lemos16.914,09 A

Noia16.839,96 A

Ponteareas27.193,16 A

Pontes de García Rodríguez, As23.129,62 A

Redondela19.429,42 A

Ribadavia9.361,85 A

Ribeira24.054,60 A

Tui14.042,95 A

Verín11.054,94 A

Vilagarcía de Arousa9.721,68 A

Vilalba26.155,86 A

Viveiro34.575,37 A

Xinzo de Limia17.016,37 A

Totales500.000,00 A