Por Orden de 23 de marzo de 2005 (DOG del 7 de abril) se publicó la convocatoria para la concesión de subvenciones a escuelas de música dependientes de instituciones sin ánimo de lucro.
Valoradas las solicitudes y elevada la propuesta de concesión de estas subvenciones por la comisión constituida según el punto séptimo de la orden de convocatoria, la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria
DISPONE:
Primero.-Conceder las subvenciones, en las cuantías que se señalan, a las escuelas de música dependientes de instituciones sin ánimo de lucro que se relacionan en el anexo I a esta orden.
Segundo.-Desestimar las solicitudes presentadas por las escuelas de música dependientes de instituciones sin ánimo de lucro que se relacionan en el anexo II, por las causas que se indican.
Tercero.-Para hacer efectivo el pago de las subvenciones, los beneficiarios presentarán en la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Especiales, Servicio de Enseñanzas de Régimen Especial, antes del 15 de octubre de 2005, la justificación completa de los gastos realizados, según lo dispuesto en el punto décimo de la orden de convocatoria.
Cuarto.-Contra esta orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia, ante la conselleira de Educación y Ordenación Universitaria, según lo dispuesto en la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14 de enero), de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27 de noviembre), o bien podrán presentar directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, conforme se establece en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa (BOE del 14 de julio).
Santiago de Compostela, 5 de octubre de 2005.
Laura Sánchez Piñón
Conselleira de Educación y Ordenación Universitaria
ANEXO I
Solicitante Ayuntamiento subvención
concedida
Cuantía de la
Escuela de Música de Mos
Escuela de Música y Danza (asociación) Chantada 2.671,80 A
Escuela de Música Banda de Lalín Lalín 4.000 A
Centro Recreativo Cultural de Torroso
Mos 4.000 A
Escuela de Música Banda de Noia Noia 2.655,79 A
Banda de Música Unión de Guláns Ponteareas 2.109,07 A
Banda Escuela de Música Juvenil de Xinzo Ponteareas 2.376,59 A
Agrupación Musical de O Rosal O Rosal 4.000 A
CompostelaEscuela de Música de la Real Sociedad Económica Amigos del País Santiago de
2.964,98 A
Solicitante Ayuntamiento subvención
concedida
Cuantía de la
Banda de Música de Visantoña Santiso 2.783,72 A
Asociación Cultural de Ensino da Arte da Música Vedra 4.000 A
Sociedade Cultural e Deportiva Atlántida Matamá Vigo 4.000 A
Totales 35.561,95
ANEXO II
denegación
Solicitante Ayuntamiento Causa de la
Banda Escuela de Campo Lameiro Lameiro
Por no estar registrada en la Consellería de Educación y O.U.
Banda Escuela de Música de Beade Vigo Fuera de plazo
Asoc. Unión Cultural Campo Lameiro
Campo
Fuera de plazo
Unión Musical de Coruxo Vigo Fuera de plazo
Sociedade Recreativa de San Xoán de Calo Teo Fuera de plazo
Escuela de Música Agrupación M. de Oia Vigo Fuera de plazo
Escuela de Música de Bembrive Vigo Por no estar registrada en la Consellería de Educación y O.U.
Escuela de Música Asociación Cultural Deportiva de Lavadores Vigo Por no estar registrada en la Consellería de Educación y O.U.
Asociación Galega de Percutas Omar Pontevedra Por no estar registrada en la Consellería de Educación y O.U.
Escuela de Baile Asociación Cultural Os Xeitosos Trazo Por no estar registrada en la Consellería de Educación y O.U.

