La Junta de Gobierno local, en sesión ordinaria que tuvo lugar el 3 de octubre de 2005, adoptó el siguiente
ACUERDO:
Primero.-Aprobar definitivamente el proyecto de expropiación forzosa, por el procedimiento de tasación conjunta formulado por la Junta de Compensación de la Unidad de Actuación nº 18, avenida Eduardo Pondal y José Malvar Figueroa, Pontevedra, y redactado por el arquitecto Francisco M. Álvarez Pérez con visado colegial del 21-4-2005, para la obtención de los bienes y derechos integrantes de los inmuebles incluidos en esa unidad de actuación del vigente Plan General de Ordenación Urbana, cuyos propietarios no consintieron su adhesión o incorporación a la Junta de unidad de actuación nº 18, avenida Eduardo Pondal y José Malvar Figueroa, Pontevedra, a los efectos previstos en los artículos 143 y 144 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, desestimándose las alegaciones deducidas interesando la declaración de nulidad del acuerdo adoptado y formuladas por Alberto Antonio Barrio Sampayo y Daniel Martínez Cochón y Mª Isabel
Muñiz Besada, de acuerdo con el informe de la parte expositiva de contestación a éstas y fundamentos jurídicos del acto, es decir, estar aprobado y en vigor el Plan Especial de Reforma Interior de la Unidad de Actuación nº 18, como instrumento eficaz de desarrollo del Plan General de Ordenación Urbana, formularse el expediente y proyecto expropiatorio y su fijación de precios, valoración
y hojas de justiprecio conforme a lo establecido en la Ley 6/1998, de 13 de abril, de régimen del suelo y valoraciones y legislación urbanística, quedando acreditado que una de las consecuencias de la no adhesión al sistema de compensación es la aplicabilidad de la expropiación forzosa, mismo por el procedimiento de tasación conjunta, de los terrenos pertenecientes a las/os propietarias/os no adheridas/os a la junta de compensación.
Asimismo, se estimó la reclamación formulada por José Ramón Piñeiro Piñeiro, como propiedad adherida a la junta de compensación, reconociendo su titularidad con Ana Fernández Gestoso de la plaza de garaje nº 11 integrante del predio nº 5 de la relación de expropiación, sito en el sótano del edificio de la calle Joaquín Costa nº 78, referencia catastral 9875009NG2997N0014Q atribuido a los sres. Rivas González y herederos de Miguel Ángel Rivas González y quedando su valor en 29.440,10 euros, por cuanto a la plaza de garaje nº 11 de este predio se excluye
del expediente el proyecto expropiatorio, al igual o en el mismo sentido que los predios 6-a, 6-b, 6-c, 6-d, 6-e e 6-f, 7-a, 7-b e 7-c, 9-a, 9-b e 9-c e 10-a, 10-b e 10-c, propiedad respectivamente de Alberto Antonio Barrio Sampayo y los herederos de Carmen Rey Crespo Javier, Marcos, Alberto y Miguel Barrio Rey, Lino García Fortes y Teófila Cachafeiro Rey, Manuel Santiso Lorenzo y Maribel Lareo García y Encarnación Meijón Pazos como heredera de Salud Hermitas Meijón Pazos, por haber otorgado sendas escrituras de adhesión a la junta de compensación y haberlo aprobado esta entidad por acuerdo de su asamblea general.
Aceptadas por la junta de compensación las adhesiones efectuadas y estimación de la alegación sobre titularidad, subsiguientes a la información pública, los propietarios/as titulares y la relación de los bienes objeto de la expropiación del proyecto expropiatorio aprobado, resultan las siguientes:
Finca
con p.p.
zonas
comunes catastral Registro
Propiedad nº 1
Pontevedra (A)
incluido
premio
afección notificaciones
Nº
Titulares expropiados Predio Destino Superficie
Referencia
Inscripción
Valor
Domicilio
2997N0041WX Libro: 397
Folio: 81
Finca: 37960
Inscripción: 3ª
2997N0042EM Libro: 397
Folio: 83
Finca: 37961
Inscripción: 3ª
Ana María: avda. Eduardo Pondal, 53, 2º E, Pontevedra
2997N0044XW Libro: 260
Folio: 38
Finca: 24036
Inscripción: 2ª
2997N0001FJ Libro: 353
Folio: 216
Finca: 24044
Inscripción: 6ª
Garaje 31: 30 m
Garaje 36: 30 m
Garaje 39: 30 m 9875009NG
2997N0030AF
Garaje 31:
9875009NG
2997N0034GK
Garaje 36:
9875009NG
2997N0037KZ
Garaje 39:
9875009NG
2997N0040KZ Libro: 695
Folio: 157
Finca: 24034
Inscripción: 1ª
2997N0017OU Libro: 472
Folio: 15
Finca: 36064/17
Inscripción: 1ª
2997N0048IY Libro: 446
Folio: 52
Finca: 36063/48
Inscripción: 2ª
1 José Parrado Búa y Mª del Carmen Romero Buceta Piso 2º D del edificio de la avda. Eduardo Pondal nº 53 Vivienda 85,31 m 9875034NG
Tomo: 906
60.195,75 Santo Antoniño, Perdecanai, Barro, Pontevedra
2 Celina Martínez Fernández y herederos de Adolfo Cousido Eirín (Carmen, Olga y Ana Mª Cousido Martínez) (una mitad indivisa) Piso 2º E del edificio de la avda. Eduardo Pondal nº 53 Vivienda 53,92 m 9875034NG
Tomo: 906
19.023,31 Celina: avda. Eduardo Pondal, nº 53, 2º E, Pontevedra; Carmen: Paradela-Vilanoviña, 25 A, Meis, Pontevedra; Olga: Outeiral, Couto de Arriba, nº 3, Barrantes, Ribadumia, Pontevedra
3 Herederos de Rosa Barreiro Pérez y Nicanor Moreira Barreiro Piso 1º A del edificio de la calle Joaquín Costa nº 78 Vivienda 103 m 9875009NG
Tomo: 641
55.865,84 C/ Joaquín Costa, nº 78, 1º A, Pontevedra
4 Daniel Martínez Cochón y Mª Isabel Muñiz Besada Piso 2º C del edificio de la calle Joaquín Costa nº 78 Vivienda 95 m 9875009NG
Tomo: 821
51.526,74 C/ Joaquín Costa, nº 78, 2º C, Pontevedra
5 Marina Victoria, Áurea, Rafael Rivas González y herederos de Miguel Ángel Rivas González Plazas de garaje nº 27, 31, 36 y 39 del edificio de la calle Joaquín Costa nº 78 Garaje Garaje 27: 30 m
Garaje 27:
Tomo: 1450
29.440,10 C/ Covas nº 13, 36143 Pontevedra
11 Valentín Viéitez Cochón y Mª Isabel Reyes Casal Plaza de garaje nº 17 del edificio de la calle Joaquín Costa 80, 82, 84 Garaje 30 m 9875010NG
Tomo: 1061
7.360,03 C/ Joaquín Costa, nº 53, 2º B, Pontevedra
12 Lucía Carmen Garrido Pérez y Juan Gonzalo Lorenzo Rey Plaza de garaje nº 48 del edificio de la calle Joaquín Costa 80, 82, 84 Garaje 33 m 9875010NG
Tomo: 1014
8.096,02 C/ Benito Corbal, nº 26, 4º C, Pontevedra
Segundo.-Notificar esta resolución aprobatoria del expediente de forma individualizada a los/las interesados/as titulares de los bienes y derechos que figuran en él, confiriéndoles un plazo de veinte días,
durante el cual podrán manifestar por escrito ante este ayuntamiento, como órgano expropiante, su disconformidad con la valoración establecida en el expediente aprobado; en tal caso, se dará traslado del
expediente y de la hoja de aprecio impugnada al Jurado de Expropiación, para los efectos de fijar el justiprecio que, en todo caso, se hará de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en la legislación vigente y con la advertencia de que si los/las interesados/as no formulasen oposición a la valoración en el citado plazo de veinte días, se entenderá aceptada la que se fija en el acto aprobatorio del expediente, entendiéndose determinado el justiprecio definitivamente y de conformidad. Todo esto, sin perjuicio de que en cualquier estado de la tramitación del procedimiento puedan los/las expropiados/as y la junta beneficiaria llegar al mutuo acuerdo en la fijación del justiprecio.
En lo que atañe al predio nº 1 de la relación expropiatoria, piso 2º D del edificio de la avenida de Eduardo Pondal nº 53, dado que sus titulares, José Parrado Búa y Mª Carmen Romero Buceta, no comparecieron en el expediente, se dispone que sin perjuicio de la notificación personal y publicación de este acto, se remita comunicación expresa al Ministerio Fiscal, en los términos y alcance del artículo 5 de la Ley de expropiación forzosa, con el que se entenderán, en su caso, las sucesivas diligencias.
Tercero.-Advertir igualmente a las/os titulares expropiadas/os que el presente acuerdo de aprobación definitiva del expediente de tasación conjunta implica la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados, de conformidad con lo establecido en el artículo 144 de la Ley 9/2002 y que el pago o depósito del importe de la valoración establecida producirá los efectos previstos en los números 6, 7 y 8 del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954, sin perjuicio de que continúe la tramitación del procedimiento para la definitiva fijación del justiprecio y el pago del justiprecio sólo se hará efectivo, consignándose en caso contrario su importe, en laforma determinada por la legislación básica del Estado.
Cuarto.-Disponer la publicación de este acuerdo en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de edictos del ayuntamiento, con ofrecimiento del régimen de recursos procedentes contra el mismo, que pone fin a la vía administrativa, pudiéndose interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó el acto en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, al amparo de lo establecido en el artículo 116.1º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pontevedra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 8.1º y 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
En el caso de interponerse el recurso potestativo de reposición, se deberá resolver y notificar en el plazo de un mes de acuerdo con lo establecido en
el artículo 117.2º de la susodicha Ley 30/1992, entendiéndose desestimado el recurso de reposición por el transcurso de dicho plazo sin resolución expresa notificada, de conformidad con lo establecido en el artículo 43.2º de la Ley 30/1992, pudiendo entonces los interesados interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de seis meses contados desde el día siguiente al de aquel en que deba entenderse presuntamente desestimado el recurso de reposición interpuesto, conforme a lo establecido en el artículo 46.1º y 4 de la Ley 29/1998. No obstante, también se podrá interponer cualquier otro recurso que los interesados estimen procedente conforme a derecho.
Todo esto, sin perjuicio de que en los casos de disconformidad con la valoración establecida en el expediente aprobado, los/las interesados/as dispongan del plazo de veinte días, computado a partir del siguiente al de la recepción de la notificación, para manifestarlo por escrito ante este ayuntamiento expropiante, conforme a dicho apartado segundo de la parte dispositiva de este acto y en los términos del artículo 143º.7 de la Ley 9/2002, del 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, modificada por la Ley 15/2004, de 29 de diciembre.
Asimismo, se hace constar que esta publicación servirá de notificación para los/las propietarios/as o interesados/as que, por resultar desconocidos, se ignorase el lugar de la notificación, o bien, intentada la misma, no se pudiera practicar, de conformidad con los términos previstos en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, según la redacción conferida por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Pontevedra, 6 de octubre de 2005.
P.D.
Xosé Cesáreo Mosquera Lorenzo
Teniente alcalde delegado del Área de Urbanismo
Adolfo Castro Pérez
Vicesecretario

