DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 202 Jueves, 20 de octubre de 2005 Pág. 16.993

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 2 de mayo de 2005, de la Delegación Provincial de Ourense, por la que se dispone el registro, el depósito y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, del texto del acta de la comisión paritaria del convenio colectivo de las industrias vitivinícolas, alcoholeras y sidreras de la provincia de Ourense.

Visto el texto del acta de la comisión paritaria del convenio colectivo de las industrias vitivinícolas, alcoholeras y sidreras de la provincia de Ourense, (código de convenio nº 3200875, publicado en el BOP nº 68, del 24 de marzo de 2004), que tuvo entrada en esta Delegación Provincial de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales, en fecha 27 de abril de 2005, por la que se acuerda la revisión de la tabla salarial para el año 2005, suscrita con fecha 19 de abril de 2005 por la comisión paritaria del convenio, en representación tanto de la parte económica como de la parte social, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º, del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración

del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de trabajo.

Esta delegación provincial

ACUERDA:

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.

Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Ourense, 2 de mayo de 2005.

José Lage Lage

Delegado provincial de Ourense

Acta de la comisión paritaria del convenio colectivo de las industrias vitivinícolas, alcoholeras y sidreras de la provincia de Ourense

Siendo las 18.00 horas del día 19 de abril de 2005, se reúne en la sede de la Confederación Empresarial

de Ourense, sita en la plaza de As Damas, nº 1, la comisión paritaria del convenio colectivo de las industrias vitivinícolas, alcoholeras y sidreras de la provincia de Ourense, formada por las personas que a continuación se relacionan.

Por la parte empresarial: por la Asociación de Embotelladores do Ribeiro: Antero Docampo, y por la Confederación de Empresarios de Ourense (CEO): Julio Ricarte. Asesora: María de Miguel Pérez.

Por la parte social: UGT: Carlos March.

Según lo establecido en el artículo 5 del referido convenio se constituye la comisión paritaria adoptando los siguientes acuerdos:

Proceder a la actualización de la tabla salarial para el 2005 en los términos establecidos en el artículo 17 del referido convenio que establece que el incremento para el 2005 será el IPC real constatado a 31 de diciembre de 2004 +0,75. Habiéndose constatado que el IPC real hecho público por el INE fue del 3,2, se actualiza la tabla salarial de 2004 en el 3,95%, resultando las cantidades que a continuación se indican.

ANEXO I

Tabla salarial 2005

GruposCategoríasSalario base

TécnicosEncargado general788,93

Técnico titulado superior645,49

Técnico titulado medio609,61

Encargado de bodegas y fábricas588,11

Encargado de laboratorio588,11

Ayudante de laboratorio569,81

Auxiliar de laboratorio551,35

AdministrativosEncargado de administración624,86

Jefe de administración588,11

Ayudante administrativo569,81

Auxiliar administrativo551,35

ComercialesEncargado de ventas624,86

Jefe de ventas588,11

Vigilante569,81

Auxiliar de ventas550,98

ObrerosEncargado sección o cuadrilla/oficial 1ª624,86

Oficial 2ª/conductor con carnet de 1ª588,11

Oficial 3ª/almacenero569,81

Peón/conductor repartidor551,35

SubalternosMozo523,2

Conserje523,2

Subalterno523,2

Recadero523,2

Personal de limpieza523,2

Sin más asuntos que tratar se levanta la sesión, cuando son las 18.30 horas en el lugar y día expresados en el encabezamiento.

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