DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 204 Lunes, 24 de octubre de 2005 Pág. 17.118

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

DECRETO 537/2005, de 6 de octubre, por el que se aprueba el cambio de titularidad de un tramo sobrante de la carretera AC-862 a favor del ayuntamiento de Mañón.

En julio de 2005 el ayuntamiento de Mañón envió a la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda solicitud de autorización para llevar a cabo trabajos de rehabilitación en el puente metálico de la ría de O Barqueiro. El puente forma parte de un sobrante de la carretera AC-862 de 435 metros y que no da continuidad a ningún itinerario puesto que el puente está fuera de servicio. En agosto de 2005 el Servicio de Carreteras de A Coruña informa de la oportunidad de realizar un cambio de titularidad del sobrante a favor del ayuntamiento de Mañón. En ese mismo mes el ayuntamiento solicita el cambio de titularidad y el Servicio de Carreteras de A Coruña lo informa favorablemente.

En septiembre de 2005 la Subdirección General de Carreteras de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes evacuó informe estimando adecuado el cambio de titularidad del tramo sobrante de la carretera AC-862 de 435 metros, por no dar continuidad a ningún itinerario, servir exclusivamente a los tráficos locales y existir una alternativa clara que sí da continuidad a un itinerario, atravesando la ría de O Barqueiro; la AC-862.

El artículo 54 de la Ley 4/1997, de 14 de septiembre, de carreteras de Galicia, establece que «las carreteras autonómicas o provinciales o los tramos determinados de ellas en los que la circulación adquiera características urbanas se entregarán a los ayuntamientos respectivos».

En el tramo antiguo de la AC-862 en Mañón, previsto transferir, concurren las siguientes características: es un tramo de una carretera de la que se construyó una variante de trazado. No da continuidad a ningún itinerario. En el concurren elementos que denotan su carácter urbano en lo tocante al tráfico que circula por la zona. Existe una alternativa viaria clara: la carretera AC-862.

Conforme a lo señalado en el artículo 5 de la Ley 4/1994, de 14 de septiembre, de carreteras de Galicia, tras el acuerdo entre las administraciones afectadas, a propuesta de la conselleira de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes y después de deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día seis de octubre de dos mil cinco,

DISPONE:

Artículo 1º

Se aprueba el cambio de titularidad a favor del ayuntamiento de Mañón del tramo antiguo de la AC-862 en Mañón de 435 metros incluido el puente sobre la ría de O Barqueiro hasta la orilla situada en la provincia de Lugo, que parte del p.k. 69+210 de la AC-862, situado en el término municipal de Mañón.

Artículo 2º

La carretera se incorpora a la relación de carreteras de titularidad del ayuntamiento de Mañón como señala el artículo 4 de la Ley 4/1994, de 14 de septiembre, de carreteras de Galicia.

Artículo 3º

Le corresponde al ayuntamiento de Mañón, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación del vial; así como el ejercicio de las funciones de disciplina viaria y cualquier otra que pudiese corresponderle como nueva Administración titular de la carretera.

Artículo 4º

La entrega del vial se formalizará, durante los dos meses siguientes a la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia, mediante la firma de la correspondiente acta de entrega.

Disposición final

El presente decreto surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, seis de octubre de dos mil cinco.

Emilio Pérez Touriño

Presidente

María José Caride Estévez

Conselleira de Política Territorial, Obras Públicas

y Transportes