DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 204 Lunes, 24 de octubre de 2005 Pág. 17.119

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

ORDEN de 10 de octubre de 2005 sobre aprobación definitiva del Plan General de Ordenación Municipal del Ayuntamiento de Xunqueira de Ambía (Ourense).

El Ayuntamiento de Xunqueira de Ambía remite el plan general de ordenación municipal para su aprobación definitiva de conformidad con lo previsto en el artículo 85.5º de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 89.1º de la Ley 9/2002, la competencia para la aprobación definitiva de los planes generales de ordenación municipal le corresponde a la conselleira competente en materia de urbanismo y ordenación del territorio.

Con fecha de 21-4-2005 el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda dictara orden por la que, conforme con lo previsto en el artículo 85.5º b) de la Ley 9/2002, resolvió no aprobar el Plan General de Ordenación Municipal de Xunqueira de Ambía, mientras no fuesen subsanadas una serie de deficiencias que el citado plan presentaba.

La Dirección General de Urbanismo emite informe-propuesta, de data 10-10-2005, sobre el plan general sometido a aprobación definitiva. Según este informe, el plan general ahora presentado subsana adecuadamente la mayor parte de las deficiencias anteriormente detectadas, si bien aún subsiste alguna de ellas.

Visto cuanto antecede, al amparo de lo dispuesto en el artículo 85.5º a) de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, y a propuesta del director general de Urbanismo según informe de 10-10-2005, se aprueba definitivamente el Plan General de Ordenación Municipal del Ayuntamiento de Xunqueira de Ambía, con la expresa indicación de lo siguiente:

-Por causa de la discrepancia existente entre el plano de ordenación a escala 1/5.000 y el plano 4.36 de ordenación a escala 1/2.000, el ámbito del suelo urbano de Xunqueira de Ambía es el contenido en este último plano, que es el de mayor precisión.

-Se entenderán por no aprobados y por lo tanto quedan sin efecto los textos de la cartela del plano de ordenación 1 a escala 1/5.000 SU-1 suelo urbano consolidado y SU-2 suelo urbano no consolidado.

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 92 de la Ley 9/2002, y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, el Ayuntamiento deberá publicar la normativa y ordenanzas del plan aprobado definitivamente en el BOP.

Contra esta orden, que pone fin á vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente al de su publicación, según disponen los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa.

Santiago de Compostela, 10 de octubre de 2005.

María José Caride Estévez

Conselleira de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes