DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 205 Martes, 25 de octubre de 2005 Pág. 17.179

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

ORDEN de 12 de julio de 2005 de aprobación definitiva de la modificación puntual 04-06 del Plan General de Ordenación Municipal de O Barco de Valdeorras (Ourense). (Expediente OU-04008-06).

1. El planeamiento urbanístico vigente en el municipio de O Barco de Valdeorras (Ourense) es el Plan

General de Ordenación Municipal aprobado definitivamente el 27 de junio de 2003 (desde ahora PGOM).

2. La modificación tramitada tiene por objeto la ampliación de los caminos situados en la zona de expansión del núcleo de Entona, que pasan de los actuales 8 m a tener un ancho de 10 y 12 m en el primero y último tramo, respectivamente.

3. De conformidad con lo dispuesto en la disposición transitoria primera 1.g) de la vigente Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medido rural de Galicia (DOG nº 252 y 254, del 31 de diciembre de 2002 y de 2004, respectivamente) (desde ahora LOUGA), las alteraciones del planeamiento vigente a la entrada en vigor de esta ley deben ajustarse a lo dispuesto en ella, por lo que, conforme a lo señalado en su artículo 93.4º, las modificaciones de cualquiera de los elementos de los planes, proyectos, normas y ordenanzas se sujetarán a las mismas disposiciones enunciadas para su tramitación y aprobación. En ese aspecto, es necesario tener en cuenta, entre otros, los siguientes particulares:

a) Terminada la fase de elaboración de la modificación, e inmediatamente antes de su aprobación inicial, el ayuntamiento sometió el expediente a informe preceptivo (artículo 85.1º de la LOUGA) de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, emitiéndose el 29 de abril de 2004 en sentido favorable.

b) Seguidamente, el Pleno de la Corporación, en sesión de 3 de junio de 2004, acordó la aprobación inicial de la modificación, que posteriormente fue sometida a información pública, por el plazo de un mes, mediante anuncios insertados en los periódicos La Voz de Galicia, los días 11 y 12 de junio de igual año, y La Región, los días 18 y 19 de iguales mes y año, así como en el número 128 del Diario Oficial de Galicia correspondiente al 5 de julio del repetido año, y luego aprobada provisionalmente por el Pleno del Ayuntamiento en su sesión de 2 de septiembre de 2004.

c) Asimismo, obran en el expediente los informes favorables del arquitecto y secretario municipales emitidos el 31 de agosto de 2004.

4. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 89 y 93 de la LOUGA, las atribuciones para resolver sobre la aprobación definitiva de las modificaciones del planeamiento, le corresponden al conselleiro competente en materia de urbanismo y ordenación del territorio.

En mérito de lo antedicho, y en consonancia con lo establecido en la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural

de Galicia, así como a propuesta de la Dirección General de Urbanismo, de esta misma fecha,

DISPONGO:

Artículo 1º

Aprobar definitivamente la modificación puntual 04-06 del Plan General de Ordenación Municipal de O Barco de Valdeorras (Ourense) que fuera aprobada provisionalmente por el ayuntamiento de razón el 2 de septiembre de 2004.

Artículo 2º

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 92 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, el ayuntamiento deberá publicar la normativa y ordenanzas de esta modificación aprobada definitivamente en el correspondiente BOP.

Disposición final

Según lo dispuesto en el artículo 85.9º de la Ley 9/2002, contra esta orden no cabe recurso en vía administrativa; no obstante, contra ella se podrá interponer recurso contencioso-administraivo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación según disponen los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 12 de julio de 2005.

Alberto Núñez Feijoo

Vicepresidente primero y conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda