DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 212 Viernes, 04 de noviembre de 2005 Pág. 17.733

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INNOVACIÓN E INDUSTRIA

RESOLUCIÓN de 4 de octubre de 2005 sobre autorización de apertura de un nuevo establecimiento de la agencia de viajes Viajes Iberia, S.A., sita en Gran Vía 48, Vigo.

Examinado el expediente instruido a instancia de Enrique Riera Rodríguez, en su calidad de representante legal de la entidad mercantil Viajes Iberia, S.A., titular de la agencia de viajes Viajes Iberia, S.A., del grupo mayorista-minorista, con código de identificación BAL-001 M/M y casa central en Gran Vía Asíma nº 23, Polígono Son Castelló de Palma de Mallorca, en solicitud de la autorización de apertura de un nuevo establecimiento en Gran Vía 48, Vigo.

Resultando que, con la referida solicitud, se aportó toda la documentación que se indica en el Decreto 42/2001, de 1 de febrero, de refundición en materia de agencias de viajes, guías de turismo y turismo activo.

Considerando que en la empresa solicitante y en el nuevo establecimiento de la agencia de viajes concurren todas las condiciones exigidas por el mencionado decreto para la obtención de su autorización.

Considerando que en la tramitación del expediente se observaron todos los requisitos y formalidades establecidos legal y reglamentariamente.

Vistos la Ley 9/1997, de 21 de agosto, de ordenación y promoción del turismo en Galicia y el Decreto 42/2001, de 1 de febrero, de refundición en materia de agencias de viajes, guías de turismo y turismo activo, esta Dirección General de Turismo

RESUELVE:

Autorizar a la agencia de viajes Viajes Iberia, S.A., del grupo mayorista-minorista, con código identificativo BAL-001 M/M, y casa central en Gran Vía Asíma nº 23, Polígono Son Castelló de Palma de Mallorca, de la que es titular Viajes Iberia, S.A., la apertura de un nuevo establecimiento en Gran Vía 48, Vigo, que podrá ejercer su actividad mercantil a partir de la fecha de publicación de esta orden en el DOG, con sujeción a lo preceptuado en el Decreto 42/2001,

de 1 de febrero, de refundición en materia de agencias de viajes, guías de turismo y turismo activo. Dicha agencia quedará inscrita en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Comunidad Autónoma gallega.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Previamente podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el DOG.

Todo eso sin perjuicio de la posibilidad de interponer recurso extraordinario de revisión en los supuestos y plazos previstos en el artículo 118 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 4 de octubre de 2005.

P.D. (Orden 5-9-2005)

Rubén C. Lois González

Director general de Turismo