DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 212 Viernes, 04 de noviembre de 2005 Pág. 17.744

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

RESOLUCIÓN de 28 de septiembre de 2005, de la Delegación Provincial de A Coruña, de notificación del acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador de residuos. (Expediente CO-RES-2005-0038).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica a la persona que en el anexo se menciona que, con esta fecha resolví publicar el acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador por infracción administrativa de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de residuos (BOE nº 96, del 22 de abril), por no ser posible su notificación.

Se nombra instructora del procedimiento a Ana Mª Casas González y secretaria a Mª Jesús Budiño Rodríguez, funcionarias de esta delegación, que podrán ser objecto de recusación según lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero).

La resolución será acordada por el delegado provincial de Medio Ambiente en A Coruña, según el artículo 37.1º de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de residuos, en relación con el artículo 45.2º.a) de la Ley 1/1995, de 2 de enero, de protección ambiental de Galicia, con el R.D. 167/1981, de 9 de enero, de transferencias de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de conservación da natureza y con el Decreto 106/2004, de 27 de mayo, por lo que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente.

El interesado dispone de un plazo de quince días, contados a partir del siguiente al de publicación de esta notificación, para aportar, por escrito, cuantas alegaciones, documentos, informaciones o propuestas de prueba estime convenientes para la defensa de sus derechos.

Conforme lo establecido en el artículo 13.2º del R.D. 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, de no efectuarse alegaciones en el plazo anterior, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución, determinándose, a estos efectos el importe de la sanción en 300 euros de multa.

Según lo dispuesto en el artículo 8.2º del R.D. 1398/1993, de 4 de agosto, cuando la sanción tenga exclusivamente carácter pecuniario, el pago voluntario por el imputado, en cualquier momento anterior a la resolución pondrá fin al expediente.

El plazo máximo para dictar resolución en el presente expediente es de seis meses, a partir de la fecha del acuerdo de iniciación, según lo establecido en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. De no dictarse resolución en el plazo establecido y, según lo dispuesto en el artículo 44.2º de la ley antes mencionada, se producirá la caducidad del expediente.

Lo que se le comunica de acuerdo con la normativa antes citada y con lo establecido en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE nº 189, del 9 de agosto).

A Coruña, 28 de septiembre de 2005.

Manuel Tajes Gómez

Delegado provincial de A Coruña

ANEXO

Expediente: CO-RES-2005-0038.

Denunciado: Andrés Yebes Clavero.

CIF: 02623381-R.

Último domicilio conocido: lgr. de Vilar de Reconco, 1-Vilacova (Lousame).

Hechos denunciados: eliminación incontrolada de residuos (ruedas, baterías, plásticos y ropa) mediante quema.

Tipificación: Ley 10/1998, de residuos, artículo 34.4º.c) en relación co 34.3º.b)

Cualificación: leve.

Sanción propuesta: 300 euros de multa.