DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 217 Viernes, 11 de noviembre de 2005 Pág. 18.140

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 14 de junio de 2005, de la Delegación Provincial de Ourense, por la que se dispone el registro, el depósito y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, del texto de la revisión salarial para el año 2005 y de la modificación del artículo 1º del convenio colectivo aplicable a la empresa Persianas Roma, S.L.

Visto el texto de la revisión salarial para el año 2005 y de la modificación del artículo 1º del convenio colectivo aplicable a la empresa Persianas Roma, S.L., código de convenio número 3201012, suscrito con fecha 18 de mayo de 2005, por los representantes de la empresa, en representación de la parte económica, y por los delegados de personal, en representación de la parte social y; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º, del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo.

Esta delegación provincial

ACUERDA:

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial y notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.

Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Ourense, 14 de junio de 2005.

José Lage Lage

Delegado provincial de Ourense

Revisión salarial del convenio colectivo aplicable a la empresa Persianas Roma, S.L. dedicada a la venta y fabricación de persianas de interior, toldos y estores

18 de mayo de 2005

Artículo 1º.-Ámbito territorial.

Las disposiciones del presente convenio tendrán su vigencia en los centros de trabajo que la empresa Persianas Roma, S.L. tiene ubicados en la calle Martín Esperanza del polígono industrial de San Cibrao das Viñas en Ourense, en la provincia de Pontevedra (ciudad de Vigo) y en la provincia de Lugo (ciudad de Lugo), así como para todos los trabajadores pertenecientes a cualesquiera otros centros que la empresa pudiera mantener abiertos en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Cláusula de revisión salarial.-La comisión negociadora pacta el incremento salarial del IPC del año 2004 más el 0,60%, lo que supone una subida salarial del 3,8% durante el año 2005.

El incremento anteriormente mencionado comenzó su aplicación en fecha 1-1-2005.

Disposición final

Primera.-Partes firmantes: el presente convenio lo firman los miembros de la comisión negociadora constituida a petición de los representantes de la empresa. La composición de la misma es la siguiente: delegados de personal del centro de trabajo: Marina Judith Domínguez Castro, María Felisa Lorenzo Espinosa y Julio González Pérez, y como representantes de la empresa Ramón González Freire y José González García.

Tabla salarial 2004Tabla 2005

* Grupo primero: 584,27 A606,47 A

Profesional de oficio de tercera

Vigilante sereno

Cobrador

Conserje

Empaquetador

Peón

Peón ensamblaje veneciana

Peón corte veneciana

Peón ensamblaje lama de madera

Peón corte lama madera

Peón ensamblaje de toldo

Peón cosido toldo

Peón cosido estor

Peón compactos

Telefonista

Limpiadora

* Grupo segundo: 593,67 A616,23 A

Colocador o instalador de persiana

Colocador instalador de toldo

Colocador instalador de estor

Auxiliar administrativo

Profesional de oficio de segunda

* Grupo tercero: 608,41 A631,53 A

Delineante

Profesional de oficio de primera

Oficial administrativo

Cajero

Viajante

Tabla salarial 2004Tabla 2005

Dependiente

* Grupo cuarto: 668,18 A693,57 A

Jefe administrativo

Contable

Jefe de división

Jefe de taller

Jefe de personal

Jefe de compras

Jefe de ventas

Jefe de delegación

Jefe de almacén

Jefe de servicio mercantil

Titulado de grado medio

* Grupo quinto: 727,97 A755,63 A

Director

Titulado de grado superior

Incremento del plus transporte para todas las categorías que queda establecido en 70,72 euros mensuales.