La Comisión Europea aprobó el Programa de Iniciativa Comunitaria Interreg III-B Sudoeste Europeo en la Decisión C(2001) 2769, de 20 de noviembre, cofinanciada por el Feder.
El Comité de Programación de la Iniciativa Comunitaria Interreg III-B Sudoeste Europeo reunido en Santander el día 4 de diciembre de 2002, aprobó el proyecto titulado Promoción de empresas de innovación e tecnología agroalimentaria y creación de una red de conocimiento tecnológico agroalimentario en el sudoeste de europa (Agrointec), presentado por el Instituto de Empleo y Desarrollo Tecnológico de Cádiz, en calidad de coordinador del proyecto.
La Xunta de Galicia a través de la Dirección General de Producción, Industrias y Calidad Agroalimentaria de la Consellería del Medio Rural forma parte del proyecto como socio, al igual que la Asociación de Fruticultores de Extremadura, la Fundación Agropecuaria de Navarra, la Agencia de Desenvolvemento do Vale do Ave, S.A., Conseil General de l'Herault, el Instituto Tecnológico Agroalimentario de Extremadu
ra-Intaex, la Oficina da Innovaçao, S.A.-BIC Minho e Agropolis.
Para la gestión del proyecto es necesario firmar un convenio de colaboración entre socios. En el citado convenio existe una cláusula de sometimiento al arbitraje de las disputas que puedan existir como consecuencia del desarrollo de las actividades del proyecto.
La Admistración autonómica de Galicia debe adaptarse en neste caso a lo dispuesto en el artículo 22.1º del texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia, aprobado por el Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, que exige la forma de decreto aprobado acordado por la Xunta de Galicia para someter a arbitraje las contiendas que se susciten sobre los derechos de la hacienda de la Comunidad Autónoma.
En consecuencia, por propuesta del conselleiro del Medio Rural y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veinticuatro de noviembre de dos mil cinco,
DISPONGO:
Artículo único
1. Se acuerda el sometimiento a arbitraje de cuantas cuestiones relativas a los derechos de la hacienda de la comunidad autónoma que puedan suscitarse en relación al proyecto de cooperación Agrointec en el que participa la Consellería del Medio Rural.
2. El arbitraje será realizado por una comisión de arbitraje creada al efecto por los órganos de gestión del programa.
Disposición final
Este decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, veinticuatro de noviembre de dos mil cinco.
Emilio Pérez Touriño
Presidente
Alfredo Suárez Canal
Conselleiro del Medio Rural

