DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 239 Jueves, 15 de diciembre de 2005 Pág. 19.657

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE TRABAJO

RESOLUCIÓN de 23 de noviembre de 2005, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se dispone el registro, el depósito y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, del acta de la comisión paritaria del convenio colectivo de la empresa Harinas y Sémolas del Noroeste, S.A. (Hasenosa).

Vista el acta de la comisión paritaria del convenio colectivo de la empresa Harinas y Sémolas del Noroeste, S.A. (Hasenosa), con nº de código 3602242, que tuvo entrada en el registro único del edificio administrativo de la Xunta de Galicia en Vigo el día 17-10-2005, suscrito en representación de la parte económica por una representación de la empresa, y de la parte social, por el comité de empresa, en fecha 11-10-2005. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º, del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial

ACUERDA:

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y la notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.

Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Vigo, 23 de noviembre de 2005.

Pedro Borrajo Rivas

Delegado provincial de Pontevedra

Acta de otorgamiento.

En O Porriño, siendo las 12.30 horas del 11 de octubre de 2005, se reúne la comisión mixta paritaria conforme previene el artículo 6 del vigente convenio colectivo de Harinas y Sémolas del Noroeste, S.A., habiendo sido convocada fehacientemente y en término por la parte social y estando integrada por las siguientes representaciones:

-Por la representación empresarial:

Roberto Pérez Suárez

Marta Díaz Almeida

-Por la representación social:

Jesús Matilde Valladares

Carlos Matilde Valladares

Ambas partes manifiestan reconocerse mutua legitimación y capacidad para, de conformidad con el

contenido de dicho artículo, proceder a los siguientes acuerdos:

Primero.-Se aprueba por unanimidad suprimir el último párrafo del artículo 32 del convenio en vigor, que dice: «Este seguro cubrirá tanto a los trabajadores fijos como a los eventuales, siempre que esta última modalidad contractual tenga una duración mínima de un año. Las condiciones particulares quedan establecidas en la póliza de seguros, cuya copia oficial será entregada a los representantes de los trabajadores».

Segundo.-En su lugar se añadirá: «Este seguro cubrirá tanto a los trabajadores fijos como a los eventuales. Las condiciones particulares quedan establecidas en la póliza de seguros, cuya copia oficial será entregada a los representantes de los trabajadores».

Las partes acuerdan proceder a inscribir en el registro de convenios colectivos de la Consellería de Trabajo en Pontevedra, el acuerdo alcanzado por la comisión paritaria, de acuerdo con el artículo 2 a) del Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede y del consentimiento a lo acordado, firman a continuación en el lugar y en la fecha descritos en el encabezamiento.

-Representación empresarial:

Roberto Pérez Suárez

Marta Díaz Almeida

-Representación social:

Jesús Matilde Valladares

Carlos Matilde Valladares

CONSELLERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Y JUSTICIA