DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 241 Lunes, 19 de diciembre de 2005 Pág. 19.826

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INNOVACIÓN E INDUSTRIA

RESOLUCIÓN de 15 de noviembre de 2005 sobre autorización de apertura de un nuevo establecimiento de la agencia de viajes Zafiro Tours, S.A., sita en la calle Maristas nº 5, Tui, Pontevedra.

Examinado el expediente instruido a instancia de Victoria E. Gomis Cerdán, en su calidad de representante legal de la entidad mercantil Zafiro Tours, S.A., titular de la agencia de viajes Zafiro Tours, S.A, del grupo mayorista-minorista, con código de identificación CV-Mm 173-A y casa central en la avda. Federico Soto nº 12 de Alicante, en solicitud de autorización de apertura de un nuevo establecimiento en calle Maristas nº 5, Tui, Pontevedra.

Resultando que, con la referida solicitud se aportó toda la documentación que se indica en el Decreto 42/2001, de 1 de febrero, de refundición en materia de agencias de viajes, guías de turismo y turismo activo.

Considerando que en la empresa solicitante y en el nuevo establecimiento de la agencia de viajes concurren todas las condiciones exigidas por el mencionado decreto para la obtención de su autorización.

Considerando que en la tramitación del expediente se observaron todos los requisitos y formalidades establecidos legal y reglamentariamente.

Vistos la Ley 9/1997, de 21 de agosto, de ordenación y promoción del turismo en Galicia y el Decreto 42/2001, de 1 de febrero, de refundición en materia de agencias de viajes, guías de turismo y turismo activo, esta dirección general

RESUELVE:

Autorizar a la agencia de viajes Zafiro Tours, S.A., del grupo mayorista-minorista, con código identificativo CV-Mm 173-A, y casa central en la avda. Federico Soto nº 12 de Alicante, de la que es titular Zafiro Tours, S.A., la apertura de un nuevo establecimiento en la calle Maristas nº 5, Tui, Pontevedra, que podrá ejercer su actividad mercantil a partir de la fecha de publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia, con sujección a lo preceptuado en el Decreto 42/2001, de 1 de febrero, de refundición en materia de agencias de viajes, guías de turismo y turismo activo. Dicha agencia quedará inscrita en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Comunidad Autónoma gallega.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Previamente, podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Todo eso sin perjuicio de la posibilidad de interponer recurso extraordinario de revisión en los supuestos y plazos previstos en el artículo 118 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 15 de noviembre de 2005.

P.D. (Orden 5-9-2005)

Rubén C. Lois González

Director general de Turismo