De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre), se notifica a las personas que a continuación se relacionan, las resoluciones de los expedientes instruidos por infracción de la Ley 6/1991, de 15 de mayo, de infracciones en materia de protección de recursos marítimo-pesqueros (DOG nº 99, del 27 de mayo).
Los interesados disponen de un plazo de diez días, contado a partir del día siguiente a la publicación de este edicto, para examinar el expediente e interponer, dentro del plazo que en cada caso se establezca, el recurso pertinente.
Los expedientes relacionados a continuación se encuentran a disposición de los interesados en la citada Delegación Territorial de Lugo en Celeiro-Viveiro, avda. Ramón Canosa s/n, 27863.
-Nº de expediente: PESAN1 2004/000066-2.
Denunciado: Francisco José Leonardo López.
DNI: 76404457K.
Enderezo: c) Salinas nº 1-3º. Cedeira (A Coruña).
Precepto infringido: 6.7º.
Sanción: 6.010,12 euros.
-Nº de expediente: PESAN1 2004/000110-2.
Denunciado: Fernando Castro del Río.
DNI: 50861788W.
Enderezo: c) Luis Sosa Carmona nº 11-5º D. León.
Precepto infringido: 5.3º, 6.7º.
Sanción: 180,31 euros.
-Nº de expediente: PESAN1 2004/000135-2.
Denunciado: Enrique Martín Fanjul.
DNI: 10812370R.
Enderezo: c) María Zambrano nº 7-4º B. Gijón (Asturias).
Precepto infringido: 6.7º.
Sanción: 245 euros.
-Nº de expediente: PESAN1 2004/000165-2.
Denunciado: Daniel Guijarro Cuaresma.
DNI: 50806539E.
Enderezo: plaza Blas Infante, 10. Madrid.
Precepto infringido: 6.7º.
Sanción: 150,26 euros.
-Nº de expediente: PESAN1 2005/000063-2.
Denunciado: Francisco José Leonardo López.
DNI: 76404457K.
Enderezo: c) Salinas nº 1-3º. Cedeira.
Precepto infringido: 11.2º.
Sanción: 5.000 euros.
-Nº de expediente: PESAN1 2005/000102-2.
Denunciado: Ricardo Rodriguez Piñeiro.
DNI: 32595294Q.
Enderezo: c) Zumalacarregui-48. Cedeira (A Coruña).
Precepto infringido: 11.2º.
Sanción: 151 euros.
De conformidad con lo previsto en la orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 23 de noviembre de 2001 (DOG nº 235, del 5 de diciembre), los importes de dichas sanciones deberán ser abonados en los plazos que establece el Reglamento general de recaudación, o de lo contrario se procederá, sin más trámite, a su cobro por la vía de apremio reglamentaria. Para el pago en período voluntario los interesados deberán recoger en la antedicha delegación territorial de la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos el documento de ingreso correspondiente.
Celeiro-Viveiro, 28 de noviembre de 2005.
Xaime Cancio Rodríguez
Delegado territorial de Lugo
CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO
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