En el artículo 74 de la Ley 5/1998, de 18 de diciembre de cooperativas de Galicia y en el Decreto 430/2001, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del registro de cooperativas de Galicia, en su artículo 53.1º se establece la obligatoriedad de la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, del acuerdo de disminución de capital social mínimo de la cooperativa. En su virtud,
RESUELVO:
Disponer la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la disminución del capital social mínimo de la entidad Serga Motor, S. Coop. Galega, quedando establecido en la cantidad de 3.005,06 A, acuerdo adoptado en la asamblea de 30-9-2004.
A Coruña, 11 de noviembre de 2005.
María Debén Afonso
Delegada provincial de A Coruña

