De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14 de enero), y no siendo posible la práctica de la notificación en el domicilio señalado por el interesado, de la resolución del expediente administrativo de la ayuda: renta para inicio de actividad, conforme a lo establecido en el artículo 5 de la Orden de 16 de mayo de 2003, se publica:
Expediente de gestión: AS341D 2004/830-5.
Orden de la convocatoria: 16 de mayo de 2003 (DOG del 23 de mayo).
Interesada: Carina Fonseca Borges.
Dirección: Pinal, 13-CS; 36214 Vigo (Pontevedra).
Asunto: resolución de ayudas a la promoción del empleo autónomo.
Examinada la solicitud de ayudas para el empleo autónomo, presentada por Carina Fonseca Borges, y teniendo en cuenta los siguientes
Antecedentes
Primero.-La solicitud fue presentada el 26-4-2004.
Segundo.-Se solicita el siguiente tipo de ayuda: renta para inicio de actividad.
Tercero.-El Servicio de Promoción del Empleo de esta delegación provincial no pudo notificar a la/el interesada/o el requerimiento de enmienda de su solicitud.
Cuarto.-El solicitante no aportó la documentación requerida en el plazo concedido:
Solicitud de la Orden 16-5-2003, informe de vida laboral actualizado, memoria económica del proyecto empresarial acompañada de facturas, ficha de solicitud de transferencia bancaria y CIF actualizado de la CB.
Fundamentos
Primero.-La competencia para conocer y resolver la solicitud corresponde, por delegación del conselleiro de Trabajo, a esta delegación provincial, de acuerdo con el artículo 5 de la Orden de 16 de mayo de 2003 de la Consellería de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales, por la que se establecen, entre otros, los programas para la promoción del empleo autónomo (DOG del 23 de mayo), en relación con el Decreto 211/2005, de 3 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia, el Decreto 232/2005, de 11 de agosto, por el que se fija la estructura orgánica de los departamentos de la Xunta de Galicia, y la Orden de 18 de agosto de 2005, de la Consellería de Trabajo, sobre delegación y desconcentración de competencias en los
órganos centrales y periféricos de la Consellería de Trabajo y disposición transitoria primera de la Orden de 15 de marzo de 2005 (DOG del 18 de marzo) de la Consellería de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales.
Segundo.-Artículo 4 de la orden reguladora en relación con los artículos 71 y 42.1º de la ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14 de enero).
Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación, esta delegación provincial
ACUERDA:
Declarar el desestimiento de su solicitud.
Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe formular recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia; asimismo, con anterioridad y con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución, ante esta delegación provincial, todo ello de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Vigo, 13 de septiembre de 2005. P.D. Pedro Borrajo Rivas. Delegado provincial de Pontevedra.
Los correspondientes expedientes se encuentran en el Servicio de Promoción del Empleo de la Delegación Provincial de la Consellería de Trabajo de Pontevedra en Vigo.
Vigo, 15 de noviembre de 2005.
Pedro Borrajo Rivas
Delegado provincial de Pontevedra

