El Decreto 25/2001, de 18 de enero, por el que se regula la organización y funcionamiento del Consejo Gallego de Cooperativas, desarrolla las previsiones contenidas en su norma de creación, la Ley 5/1998, de 18 de diciembre, de cooperativas de Galicia, regulando en su artículo 4 la composición, en el artículo 5 el procedimiento de nombramiento y cese de los miembros de este órgano, y en el artículo 6 las sustituciones.
En consecuencia, en virtud de las facultades que me confiere el artículo 38 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, reformada por la Ley 11/1998, de 20 de octubre, el artículo 5 y la disposición final 1ª del Decreto 25/2001, de 18 de enero, en relación con los decretos 232/2005, de 11 de agosto, por el que se fija la estructura orgánica de los departamentos de la Xunta de Galicia, y 213/2005, de 3 de agosto, y 536/2005, de 6 de octubre, que establecen el nombramiento como conselleiro de Trabajo y la estructura orgánica de la consellería, respectivamente,
DISPONGO:
Artículo único.
1. El nombramiento del director general de Promoción del Empleo, Álvaro Ansias Bacelar, como vocal titular, en representación de la Consellería de Trabajo.
2. Los nombramientos del director general de Producción, Industrias y Calidad Agroalimentaria, Santiago Oca Fernández, y del jefe del Servicio de Fomento Asociativo Agrario, Jesús González Vázquez, en calidad de vocal titular y vocal suplente, respectivamente, ambos en representación de la Consellería del Medio Rural, a propuesta de esta consellería.
3. Los nombramientos de José Luis López Vázquez, José Ramalleira Vázquez y José Varela Segade, como titular primero, suplente primero y suplente tercero, respectivamente, en representación de la Unión de Cooperativas, Asociación Gallega de Cooperativas Agrarias, Agaca, a propuesta de la citada unión.
Santiago de Compostela, 30 de noviembre de 2005.
Ricardo Jacinto Varela Sánchez
Conselleiro de Trabajo
CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS
PÚBLICAS Y TRANSPORTES

