DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 246 Lunes, 26 de diciembre de 2005 Pág. 20.134

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE SANIDAD

ORDEN de 15 de noviembre de 2005 por la que se declara de interés para la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de drogodependencias a la Asociación Ferrolana de Drogodependencias.

Vista la solicitud presentada por la Asociación Ferrolana de Drogodependencias (Asfredo), con domicilio en Ferrol, a través de la que insta su declaración de interés para la Comunidad Autónoma gallega en materia de drogodependencias, y teniendo en cuenta los siguientes

Supuestos de hecho

Primero.-La Asociación Ferrolana de Drogodependencias desarrolla sus actividades en el territorio de la comunidad autónoma, llevando a cabo exclusivamente programas de prevención e incorporación social así como de tratamiento de drogodependencias no exclusivamente alcohólicas.

Segundo.-Esta asociación a la entrada en vigor del Decreto 74/2002, de 28 de febrero, por el que se crea el Registro de Entidades Colaboradoras del Plan de Galicia sobre Drogas y se regula su declaración de interés, modificado por el Decreto 58/2005, de 24 de febrero, ya venía desarrollando actividades en el ámbito de las drogodependencias.

Tercero.-El funcionamiento de los programas desarrollados en los centros y servicios de los que es titular la citada asociación es coordinado dentro del Plan de Galicia sobre Drogas.

Cuarto.-Dado lo anterior, esta asociación fue inscrita en el Registro de Entidades Colaboradoras del Plan de Galicia sobre Drogas, teniendo asignado el número 2003/27.

Fundamentos de derecho

Primero.-El artículo 20.2º de la Ley 2/1996, de 8 de mayo, de Galicia sobre drogas, establece que la Xunta de Galicia podrá declarar de interés para la Comunidad Autónoma gallega a aquellas entidades sin ánimo de lucro que estén llevando a cabo programas o servicios en el ámbito de las distintas drogodependencias y que cumplan los requisitos que reglamentariamente se establezcan.

Segundo.-Asimismo, el Decreto 58/2005, de 24 de febrero, por el que se modifica el Decreto 74/2002, de 28 de febrero, por el que se crea el Registro de Entidades Colaboradoras del Plan de Galicia sobre Drogas y se regula el procedimiento para su declaración de interés, establece en su artículo 8 que la Xunta de Galicia, tras solicitud del interesado, podrá declarar de interés para la Comunidad Autónoma gallega, mediante orden de la conselleira de Sanidad, a las entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Registro de Entidades Colaboradoras del Plan de Galicia sobre Drogas. A estos efectos, dichas entidades deberán estar llevando a cabo exclusivamente programas o servicios en el campo de las drogodependencias, siempre y cuando se adecuen a los criterios y contenidos de los programas recogidos en el documento del Plan de Galicia sobre Drogas vigente en cada momento.

En su virtud,

DISPONGO:

Declarar de interés para la Comunidad Autónoma gallega a la Asociación Ferrolana de Drogodependencias.

Santiago de Compostela, 15 de noviembre de 2005.

Mª José Rubio Vidal

Conselleira de Sanidad

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