DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 6 Martes, 10 de enero de 2006 Pág. 535

I. DISPOSICIONES GENERALES

CONSELLERÍA DEL MEDIO RURAL

DECRETO 586/2005, de 29 de diciembre, por el que se deroga el Decreto 195/1994, de 16 de junio, por el que se regulan las subvenciones a las organizaciones profesionales representativas del sector agrario.

Con la finalidad de crear un marco jurídico de apoyo a favor de las organizaciones profesionales agrarias, en tanto que entidades representativas de los labradores y labradoras en los distintos foros de debate y órganos de consulta para la toma de decisiones de la Administración, se dictó el Decreto 195/1994, de 16 de junio, por el que se regulaban las subvenciones a dichas organizaciones profesionales representativas del sector agrario. En dicho decreto se establecieron medidas de apoyo en favor de las organizaciones profesionales agrarias, en forma de subvención y de convenios de colaboración. Con base en el mismo, se establecieron, a lo largo de los últimos años, diversas medidas de apoyo institucional a las organizaciones profesionales agrarias.

La modificación del régimen de ayudas y subvenciones en Galicia, después de la reforma realizada por la Ley 14/2004, de 29 de diciembre, de medidas tributarias y de régimen administrativo, otorga la competencia para la concesión de subvenciones o ayudas públicas a los conselleiros, presidentes o directores de organismos autónomos y demás órganos rectores de los demás entes, de acuerdo con sus leyes de creación, correspondiéndo a ellos, con carácter previo a la disposición de los créditos, el establecimiento de las bases reguladoras aplicables a la concesión de las ayudas.

Por lo anterior, procede derogar dicho Decreto 195/1994, de 16 de junio, y acomodar las nuevas ayudas y subvenciones que se otorguen a las organizaciones profesionales agrarias al nuevo régimen de ayudas y subvenciones de Galicia, posibilitando el dictado de la correspondiente orden por el conselleiro con competencias en la materia a la vista de las disposiciones presupuestarias de la consellería.

Por lo tanto, a propuesta del conselleiro del Medio Rural, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 1/1983, de 22 de febrero, modificada por la Ley 11/1988, de 20 de octubre, reguladora de la Xunta y de su presidente, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintinueve de diciembre de dos mil cinco,

DISPONGO:

Artículo único.-Queda derogado el Decreto 195/1994, de 16 de junio, por el que se regulan las subvenciones a las organizaciones profesionales representativas del sector agrario.

Disposición final

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, veintinueve de diciembre de dos mil cinco.

Emilio Pérez Touriño

Presidente

Alfredo Suárez Canal

Conselleiro del Medio Rural

CONSELLERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Y JUSTICIA