Ángeles Rosa García Solano, secretaria del Juzgado de Primera Instancia número sesenta y nueve de los de Madrid, hago saber que en los autos de juicio ordinario seguidos en este juzgado con el número 715/2004 seguidos a instancia de Masterlease Europe Renting, S.L. representado por la procuradora Mª Lourdes Amasío Díaz contra Gestión Mercado, S.L. se ha acordado notificar la sentencia dictada en los presentes al demandado rebelde, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
«Sentencia número 111/2005.
En Madrid a 28 de abril de 2005.
Vistos por María Asunción Remírez Sainz de Murieta, magistrada-jueza del Juzgado de Primera Instancia número sesenta y nueve de los de esta ciudad, los presentes autos de juicio ordinario registrados con el número 715/2004, seguidos a instancia de Masterlease Europe Renting, S.L., representada por la procuradora Mª Lourdes Amasío Díaz y asistida por el letrado Tomás Pablo Díaz Mielenhausen, contra Gestión Mercado, S.L., declarada en rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad, pronunció en nombre del Rey esta sentencia,
Decido que estimo la demanda interpuesta por la procuradora María Lourdes Amasío Díaz en representación de Masterlease Europe Renting, S.L., contra Gestión Mercado, S.L., declarada en rebeldía, y en consecuencia:
1. Condeno a Gestión Mercado, S.L. a pagar a la expresada demandante la cantidad de 29.574,29 euros (veintinueve mil quinientos setenta y cuatro euros con veintinueve céntimos) más el interés legal de dicha suma desde el 1 de julio de 2004, fecha de presentación de la demanda.
2. Condeno asimismo a Gestión Mercado, S.L., al pago de las costas derivadas de este procedimiento.
3. Ratifico el embargo preventivo de bienes de la demandada acordado por auto de 17 de enero de 2005 dictado en pieza separada de medidas cautelares.
Notifíquese la presente resolución a las partes, indicando que contra la misma cabe presentar recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid, que deberá prepararse ante este juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo».
Y como consecuenica del ignorado paradero de Gestión Mercado, S.L., y para que sirva de notificación en forma al referido demandado y su inserción en
el Diario Oficial de Galicia, así como en el tablón de anuncios del juzgado, expido el presente edicto que firmo en Madrid a 10 de noviembre de 2005.
La secretaria
Rubricado

