El Ayuntamiento de Ourense dispone de Plan General de Ordenación Municipal aprobado definitivamente el 29 de abril de 2003, publicado en el DOG nº 84, del 2 de mayo y en el BOP nº 144, del 25 de julio.
La modificación puntual nº 5 del PGOM, modificación de la red viaria AR-11-E, pretende resolver la problemática creada por un vial previsto en el Plan general que sustituya una escalinata que salvaba el desnivel de 20 metros así como resolver las rasantes y redistribución de plazas de estacionamiento, y la falta de definición de la acera posterior de la calle Emilia Pardo Bazán.
El objeto de la modificación da cumplimiento a lo señalado en el artículo 94 de la Ley 9/2002, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, respecto de los fundamentos de las modificaciones del planeamiento urbanístico.
De conformidad con lo señalado en el artículo 93.4º de la Ley 9/2002, las modificaciones de cualquiera de los elementos de los planes, proyectos, normas y ordenanzas se sujetarán a las mismas disposiciones enunciadas para su tramitación y aprobación.
El Pleno de la corporación, en su sesión de 1 de julio de 2005, acordó la aprobación inicial de la modificación puntual, que posteriormente fue sometida a información por el plazo de un mes mediante anuncio
publicado en el DOG nº 157, del 17 de agosto y en los periódicos La Voz de Galicia el 10 de agosto y Faro de Ourense el 24 de agosto. Constan informes del técnico de la Oficina de Gestión Urbanística de 31 de mayo de 2005 y del jefe de servicio en funciones de 6 de junio de 2005 e informes de la Secretaría del Ayuntamiento de Ourense de 13 de junio y 28 de octubre de 2005.
El Pleno de la corporación, en sesión de 28 de octubre de 2005, acordó aprobar provisionalmente el proyecto de modificación puntual, remitiéndolo a esta consellería para su aprobación definitiva.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 89.1º de la Ley 9/2002, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, la competencia para la aprobación definitiva de los planes generales de ordenación municipal, corresponde al conselleiro competente en materia de urbanismo y ordenación del territorio.
En consecuencia de conformidad con lo establecido en la Ley 9/2002, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, y de acuerdo con los informes técnico y jurídico del Servicio de Urbanismo e Inspección Territorial de Ourense de 26 y 31 de enero de 2006, y a propuesta de la Dirección General de Urbanismo
DISPONGO:
Artículo único.-Aprobar definitivamente la modificación nº 5 del PGOM, modificación de la red viaria AR-11-E, del ayuntamiento de Ourense.
Disposición final
Contra esta orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación según disponen los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. De conformidad con el artículo 92.2º de la Ley 9/2002, esta orden se publicará en el DOG.
Santiago de Compostela, 3 de febrero de 2006.
María José Caride Estévez
Conselleira de Política Territorial, Obras Públicas
y Transportes

