DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 104 Jueves, 01 de junio de 2006 Pág. 8.767

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

ORDEN de 3 de febrero de 2006 por la que se otorga la aprobación definitiva a la modificación puntual del API-10-E del Plan General de Ordenación Municipal del Ayuntamiento de Ourense (OU-05016).

El Ayuntamiento de Ourense dispone de Plan General de Ordenación Municipal aprobado definitivamente el 29 de abril de 2003, publicado en el DOG nº 84, del 2 de mayo y en el BOP nº 144, del 25 de julio.

La modificación puntual del API-10-E del PGOM tiene por objeto corregir el error existente entre la

aprobación inicial y la aprobación definitiva del PGOM y dar cumplimiento al convenio urbanístico subscrito con el Ayuntamiento de Ourense, en la fecha 12 de enero de 2005.

El objeto de la modificación da cumplimiento a lo señalado en el artículo 94 de la Ley 9/2002, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, respecto de los fundamentos de las modificaciones del planeamiento urbanístico.

De conformidad con lo señalado en el artículo 93.4º de la Ley 9/2002, las modificaciones de cualquiera de los elementos de los planes, proyectos, normas y ordenanzas se sujetaran a las mismas disposiciones enunciadas para su tramitación y aprobación.

El Pleno de la corporación en su sesión 29 de julio de 2005, aprobó inicialmente la modificación puntual del API-10-E, que posteriormente fue sometida a información por el plazo de un mes mediante anuncio publicado La Voz de Galicia y La Región del 1 de septiembre y en el DOG del 29 de agosto. Constan informes del jefe de servicio en funciones de 14 de julio e informe de la Secretaría del Ayuntamiento de Ourense de 19 de julio de 2005.

El Pleno de la corporación en sesión de 4 de noviembre de 2005 aprobó provisionalmente la modificación puntual del API-10-E, remitiéndola a esta consellería para su aprobación definitiva.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 89.1º de la Ley 9/2002, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, la competencia para la aprobación definitiva de los planes generales de ordenación municipal, le corresponde al conselleiro competente en materia de urbanismo y ordenación del territorio.

En consecuencia de conformidad con lo establecido en la Ley 9/2002, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, y de acuerdo con los informes técnico y jurídico del Servicio de Urbanismo e Inspección Territorial de Ourense de 20 y 31 de enero de 2006, y a propuesta de la Dirección General de Urbanismo,

DISPONGO:

Artículo único.-Aprobar definitivamente la modificación puntual del API-10-E del PGOM, del ayuntamiento de Ourense.

Disposición final

Contra esta orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación según disponen los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativo. De conformidad con el artículo 92.2º de la Ley 9/2002 esta orden se publicará en el DOG.

Santiago de Compostela, 3 de febrero de 2006.

María José Caride Estévez

Conselleira de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes