El Ayuntamiento de Xinzo de Limia dispone de Plan General de Ordenación Municipal aprobado definitivamente el 12 de mayo de 2003 (BOP nº 135, del 14 junio).
La modificación puntual en el sector nº 4 A Devesa del PGOM pretende la reorientación de la estrategia del planeamiento en las zonas cercanas al ámbito del nuevo parque empresarial, ajustando el ensamblaje de los sectores de suelo urbanizable de desarrollo urbanístico preferente colindantes con aquel, con las consiguientes adaptaciones en las previsiones del plan general, en orden a garantizar la coordinación territorial entre las diversas actuaciones que intervienen en la zona.
El objeto de la modificación da cumplimiento a lo señalado en el artículo 94 de la Ley 9/2002, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, respecto de los fundamentos de las modificaciones del planeamiento urbanístico.
De conformidad con lo señalado en el artículo 93.4º de la Ley 9/2002, las modificaciones de cualquiera de los elementos de los planes, proyectos, normas y ordenanzas se sujetaráan a las mismas disposiciones enunciadas para su tramitación y aprobación.
No obstante, se señala que, de conformidad con la disposición transitoria primera, por ser un municipio con planeamiento no adaptado y no estar el sector en continuidad con el suelo urbano, se le aplicarán los límites establecidos por el artículo 46.4º y tendrá previsto las reservas de suelo necesarias para atender a las demandas de vivienda sujetas al régimen de protección pública y que no sean inferiores a las necesarias para localizar el 20% de la edificabilidad residencial de cada sector, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 f) de la Ley 9/2002. Se deberá excluir del sector el suelo que se encuentra exterior al delimitado por el plan general.
El Pleno de la corporación, en su sesión de 14 de julio de 2005, acordó la aprobación inicial de la modificación puntual, que posteriormente fue sometida a información por el plazo de un mes mediante anuncio publicado en el Diario Oficial de Galicia nº 172, de 7 de septiembre de 2005, y en los periódicos La Región y Faro de Vigo el 31 de agosto de 2005.
El Pleno de la corporación, en sesión de 27 de octubre de 2005, acordó aprobar provisionalmente el proyecto de modificación puntual, remitiéndolo a esta consellería para su aprobación definitiva.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 89.1º de la Ley 9/2002, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, la competencia para la aprobación definitiva de los planes generales de ordenación municipal le corresponde al conselleiro competente en materia de urbanismo y ordenación del territorio.
En consecuencia, de conformidad con lo establecido en la Ley 9/2002, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, y de acuerdo con los informes técnico y jurídico del Servicio de Urbanismo e Inspección Territorial de 23 y 31 de enero de 2006, y a propuesta de la Dirección General de Urbanismo,
DISPONGO:
Artículo único.-Aprobar definitivamente la modificación del sector nº 4 A Devesa del PGOM del Ayuntamiento de Xinzo de Limia con las siguientes condiciones:
Primera.-La edificabilidad, de conformidad con lo señalado en el artículo 46.4º de la Ley 9/2002, no podrá superar los 0,30 m edificables por cada m de suelo.
Segunda.-Tendrá previsto las reservas de suelo necesarias para atender las demandas de vivienda sujetas al régimen de protección pública y que no sean inferiores a las necesarias para localizar el 20% de la edificabilidad residencial de cada sector, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 f) de la Ley 9/2002.
Tercera.-Asimismo, se deberá excluir del sector el suelo que se encuentra exterior al delimitado por el plan general.
Disposición final
Contra esta orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación según disponen los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. De conformidad con el artículo 92.2º de la Ley 9/2002, esta orden se publicará en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 7 de febrero de 2006.
María José Caride Estévez
Conselleira de Política Territorial, Obras
Públicas y Transportes

