Finalizado el plazo de presentación de reclamaciones previsto en la Resolución de 26 de enero de 2006 (DOG del 10 de febrero), de las solicitudes presentadas según lo establecido en el punto séptimo, apartado a), de la Resolución de 1 de abril de 2005, por la que se ordena la publicación del acuerdo entre la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria y las organizaciones patronales y sindicales de la enseñanza privada concertada de la Comunidad
Autónoma de Galicia sobre la paga extraordinaria por antigüedad en la empresa, la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria
RESUELVE:
Primero.-Hacer públicas en el tablón de anuncios de los servicios centrales de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria y en los de sus delegaciones provinciales, así como en la página web de esta consellería, las listas definitivas de solicitudes admitidas y excluidas presentadas según lo establecido en el punto séptimo, apartado a), de la citada Resolución de 1 de abril de 2005.
Segundo.-Informar de que contra esta resolución cabe recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia, ante la conselleira de Educación y Ordenación Universitaria, según lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14 de enero).
Santiago de Compostela, 13 de julio de 2006.
María José Pérez Mariño
Directora general de Ordenación
e Innovación Educativa

