DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 157 Miercoles, 16 de agosto de 2006 Pág. 12.913

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE CULTURA Y DEPORTE

ORDEN de 24 de julio de 2006 por la que se declara de interés gallego la Fundación Nino Mirón Pontevedra Club de Fútbol y se ordena su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

Con fecha de 18 de julio de 2006 fue publicada en el Diario Oficial de Galicia la orden de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, de 28 de junio de 2006, por la que se clasifica de interés la Fundación Nino Mirón Pontevedra Club de Fútbol, adscribiéndola a la Consellería de Cultura y Deporte, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

Esta fundación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de sus estatutos, tiene como objeto promocionar, desarrollar e impulsar el deporte, con especial atención a la participación de los niños en edades de formación, universitarios y minusválidos, así como procurar la inserción socio-laboral de los deportistas, uniendo la cultura, la educación y la práctica deportiva para el desarrollo integral de la sociedad y contribuir así a la formación de una juventud más sana desde el punto de vista personal y social.

Por eso, en virtud de las competencias que me confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de la Ley 7/1983, de 22 de junio, de régimen de las fundaciones de interés gallego, modificada por la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, y en el artículo 32.3º a) del Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, aprobado por el Decreto 248/1992, de 18 de junio,

DISPONGO:

Primero.-Declarar de interés gallego la Fundación Nino Mirón Pontevedra Club de Fútbol ya que sus estatutos cumplen las prescripciones que, a tal efecto, señala la vigente legislación en materia de fundaciones de interés gallego.

Segundo.-Ordenar la inscripción de la Fundación Nino Mirón Pontevedra Club de Fútbol en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Consellería de Cultura y Deporte, a los efectos constitutivos que señala la Ley 7/1983, de 22 de junio, de régimen de las fundaciones de interés gallego, modificada por la Ley 11/1991, de 8 de noviembre.

Tercero.-Dicha fundación queda sometida a lo dispuesto en la normativa de general aplicación, en especial, a la obligación de dar publicidad suficiente a sus actividades y a la ausencia de ánimo de lucro en la prestación de sus servicios. También queda obligada a rendir cuentas anualmente al protectorado y a justificar, a través de una memoria anual, el cumplimiento de la finalidad fundacional, así como a presentar el proyecto de presupuesto, con anterioridad al inicio del ejercicio económico para el que se formula

y a solicitar las preceptivas autorizaciones del protectorado.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 24 de julio de 2006.

Ánxela Bugallo Rodríguez

Conselleira de Cultura y Deporte