DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 165 Lunes, 28 de agosto de 2006 Pág. 13.340

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y JUSTICIA

ORDEN de 27 de julio de 2006 por la que se clasifica como benéfico social la Fundación Las Samaritanas.

Visto el expediente de clasificación de la Fundación Las Samaritanas, con domicilio en A Guarda.

Supuestos de hecho.

1. María Amparo Outón Soto en calidad de mandataria de la fundación, en escrito de 14 de julio de 2006 formuló solicitud de clasificación a efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La fundación fue constituida en escritura pública otorgada en Vigo, el día 28 de abril de 2006 ante el notario José Luis Lorenzo Areán, con el número ochocientos diez de su protocolo por María del Carmen Colmenero Martos, Ana María Vílchez Colmenero, Ana María Rodríguez Eiras, María Isabela Martínez Alonso y Martina Castro Crespo, que intervienen en su propio nombre.

3. Según consta en el artículo 6 de sus estatutos el objeto de la fundación es acoger y favorecer de forma integral un colectivo de la sociedad, como son las mujeres que se encuentran en una situación de desamparo, de exclusión social, dentro de una visión cristiana de la vida y de la cultura. Tiene como objetivo social, la creación de estructuras y actividades que faciliten la acogida, la asistencia social, la inclusión social y laboral, la defensa de los derechos humanos, la promoción e atención a las mujeres en riesgo de

exclusión por razones físicas, sociales o culturales, así como la promoción del voluntariado como acción social.

4. El patronato de la fundación estará integrado por María del Carmen Colmenero Martos como presidenta, María Isabel Martínez Alonso como vicepresidenta, Ana María Vílchez Colmenero como secretaria y Martina Castro Crespo y Ana María Rodríguez Eiras como vocales.

5. La comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva al conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia propuesta de clasificación como benéfico social de la Fundación Las Samaritanas dado su objeto y finalidad, por lo que, viéndose cumplidos los requisitos exigidos en la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la ley anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, y según establece el artículo 32.1º y 2º del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, procede su clasificación como benéfico social y su adscripción a la Vicepresidencia de la Igualdad y del Bienestar.

Fundamentos de derecho.

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26º del Estatuto de autonomía para Galicia le otorga competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.2º c) del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, corresponde a esta consellería la clasificación de la fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

3. A la vista de lo que antecede, se pueden considerar cumplidas las finalidades tanto legales como reglamentarias establecidas para el caso, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de Secretarios Generales en su reunión del día 24 de julio de 2006.

Vista la Constitución española de 1978, el Estatuto de autonomía de Galicia (Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril); la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, así como las demás normas de desarrollo y de general aplicación.

En su virtud,

DISPONGO:

Clasificar como benéfico social la Fundación Las Samaritanas adscribiéndola a la Vicepresidencia de

la Igualdad y del Bienestar, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

Santiago de Compostela, 27 de julio de 2006.

José Luis Méndez Romeu

Conselleiro de Presidencia, Administraciones

Públicas y Justicia