DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 207 Jueves, 26 de octubre de 2006 Pág. 15.908

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE TRABAJO

CÉDULA de 20 de septiembre de 2006, de la Dirección General de Relaciones Laborales, por la que se notifica resolución del expediente sancionador incoado por infracción administrativa en el orden social 1997/0096-4 y trece más.

Intentada la notificación personal y devueltas por el servicio de correos por resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificado por la Ley 4/1999, por la presente cédula se les notifica a las empresas relacionadas en el anexo las resoluciones recaídas en expedientes sancionadores en materia laboral y obstrucción a la actividad inspectora, y de seguridad y salud laboral.

Se hace saber que dichas resoluciones ponen fin a la vía administrativa y los interesados pueden formular contra la misma, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde su publicación ante el órgano judicial que resulta competente por aplicación y de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Advirtiéndoles que tendrán que pagar la multa impuesta mediante la necesaria utilización del impreso que podrán solicitar en la correspondiente delegación provincial de la Consellería de Trabajo, en el número de cuenta y en la entidad bancaria que en el se señala, dentro del plazo de pago del período voluntario, ya que en otro caso se incoará el procedimiento por la vía de apremio.

Santiago de Compostela, 20 de septiembre de 2006.

Pilar Cancela Rodríguez

Directora general de Relaciones Laborales

ANEXO

EmpresaDomicilio

Localidad

Nº expedienteFecha resolución

Dirección general

PreceptosSanción

impuesta

InfringidosSancionadores

Coroci, S.L.Vigo

Pontevedra

1997/0096-4

1457/1996/4/H (AI)

14 de junio de 2006Artículo 7 y 7.1º de la Orden ministerial de 28 de junio de 1988 por la que se aprueba la instrucción técnica complementaria MIE-AEM 2 del Reglamento de aparatos de elevación y manutención referente a grúas torres desmontables; así como artículo 1, 4.2.1, 4.2.5, en relación con el artículo 6.2º de la norma UNE 58-101-80, parte 2. Artículo 7.1º de la Orden ministerial de 28-6-1988 citada en relación con los artículos 1, 4.2.1, 4.2.3, y artículo 6.2º de la UNE 58-101-92 citada.Artículo 12.16º b) de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.--- A

Estrugalicia, S.L.Lugo

Lugo

442/01 (RA)

35/01 (LU)

352/00(AI)

26 de junio de 2006Artículo 7.1.2 del Real decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.Artículo 47.6º de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.1.502,54 A

Regenasa Norte, S.L.Redondela

Pontevedra

2004/00081-4

1529/2003/4/H (AI)

15 de mayo de 2006Artículo 2.1º y 2º y 3.1º y 2º del Real decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas de seguridad para la protección de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.Artículo 12.16º b) del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social.1.502,54 A

Delio Rodríguez CarreraVigo

Pontevedra

2004/0133-4

7/2004/4/T (AI)

26 de junio de 2006Artículo 4.2º a) del texto refundido de la Ley del estatuto de los trabajadores, aprobado por el Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzoArtículo 7.10º del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social.--- A

Ignacio Cabeza, S.L.Bergondo

A Coruña

2004/0198-1

289/2004/1/H (AI)

3 de julio de 2006Artículos 212, párrafo tercero, 206, párrafo segundo y 221, párrafo segundo de la Ordenanza laboral de la construcción aprobada por Orden ministerial de 28 de agosto de 1970. Artículo 3 y del anexo I el artículo 6 y del anexo III el artículo 2 y del anexo IV el artículo 6 del Real decreto 773/1997, de 30 de mayo, por el que se aprueban las disposiciones mínimas de seguridad para la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual, en relación con el artículo 17.2º de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.Artículo 11.4º del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social.600 A

EmpresaDomicilio

Localidad

Nº expedienteFecha resolución

Dirección general

PreceptosSanción

impuesta

InfringidosSancionadores

Galistone, S.L.L.Pontevedra

Pontevedra

2004/0204-4

350/2004/4/H (AI)

15 de mayo de 2006Artículos 185, 206, 221 y 235 de la Ordenanza laboral de la construcción, vidrio y cerámica, aprobada por Orden ministerial de 28-8-1970, así como nº 3.a) de la parte C del anexo IV del Real decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Artículo 193 de la citada ordenanza, y nº 3.b) de la parte C, anexo IV del Real decreto 1627/1997, así como nº 9 del anexo III del Real decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. Artículos 184, 185, 197, 206, 221 y 242 de dicha ordenanza. Artículo 3 y 4 del anexo I, nº 3 y 4 del anexo III y nº 2 y 4 del anexo IV del Real decreto 773/1997, de 30 de mayo; nº 1,4 y 1,5 del anexo I y nº 1,9 del anexo II del Real decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las

disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo todos ellos en relación con los artículos 14 y 17 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.

Artículo 12.16º f) y 12.16º b) del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social.3.005,08 A

Frutas Chantada, S.A.A Coruña

A Coruña

2004/0282-1

491/2004/1/H (AI)

6 de junio de 2006Artículos 14 y 15 de la Ley 31/1995, de 8 de novembre, de prevención de riesgos laborales y artículo 3 en relación con el punto 5.6º de la parte A del anexo I del Real decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.Artículo 12.16º b) del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social.1.503 A

Aceuve Santiago, S.L.Santiago de Compostela

A Coruña

2004/0300-1

498/2004/1/H (AI)

29 de mayo de 2006Artículo 14.2º, 15, 18 y 19 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, en relación con el Real decreto 486/1997, de 14 de abril, artículos 11, anexo I A), 9.1º y 3º, y del Real decreto 614/2001, de 8 de junio, artículos 2, 3.4º y 4.1º.Artículo 12.1º, 12.8º y 12.16º do Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se prueba el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social.1.804 A

Técnicas Montajes Carpinteria Galicia, S.L.Vigo

Pontevedra

2004/00325-4

572/2004/4/H (AI)

14 de julio de 2006Artículo 17.2º de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales. Artículos 3 y 7, y anexo IV.6 del Real decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre equipos de protección individual.Artículo 11.4º del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social.300,51 A

Auxivigo, S.L.Vigo

Pontevedra

2004/0328-4

579/2004/4/T (AI)

20 de junio de 2006Artículo 38.1º y 38.3º del Real decreto 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores. Artículo 15.1º a) en relación con el artículo 15.3º del citado real decreto, y artículos 2.1º y 2.2º, en relación con el artículo 9.3º del Real decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los trabajadores en materia de contratos de duración determinada.Artículo 5.1º, 7.2º y 7.5º del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social.901,56 A

Técnicas Montajes Carpintería Galicia, S.L.Vigo

Pontevedra

2004/00330-4

610/2004/4/T (AI)

14 de julio de 2006Artículo 4.2º f) y 29 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores y artículo 27 del convenio colectivo del sector de carpintería, ebanistería y afines.Artículo 8.1º del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social.3.005,07 A

Jesús Álvarez ÁlvarezA Coruña

A Coruña

2004/0337-1

630/2004/1/H (AI)

20 de junio de 2006Artículos 10, 12, 16 y 20 del Real decreto 39/1997, de 17 de enero, que aprueba el Reglamento de los servicios de prevención, en relación con el capítulo IV de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales. Artículos 14 y 22 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales. Artículos 18 y 19 de la citada ley en relación con el artículo 15 del Real decreto 1627/1997, de 24 de octubre, de disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.Artículo 12.15º, 12.2º y 12.8º, del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social.4.509 A

Hiperday, S.L.Cee

A Coruña

2004/0410-1

392/2004/1/H (AI)

6 de junio de 2006Artículo 16.1º de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.Artículo 12.1º del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social.1.503 A

Reciclados de Meirama, S.A.Cerdeda

A Coruña

2004/0412-1

451/2004/1/H (AI)

14 de julio de 2006Anexo I.11.1º y 2º del Real decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.Artículo 12.16º f) del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social.3.000 A