DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 242 Martes, 19 de diciembre de 2006 Pág. 18.434

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

EDICTO de 15 de noviembre de 2006, de la Delegación Provincial de Ourense, por el que se notifica la propuesta de resolución del expediente sancionador en materia de pesca OU-2006/0034 PES y tres más, al no ser posible su notificación a través del servicio de correos.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se notifica a las personas que en los anexos se mencionan la propuesta de resolución de los expedientes sancionadores por presunta infracción a la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial, al no ser posible su notificación a través del servicio de correos.

Para los efectos previstos en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los expedientados dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguinte al de la publicación de esta noficación para que puedan examinar los expedientes en esta delegación provincial, sita en la calle del Paseo nº 18-5º piso y presentar por escrito las alegaciones, documentos, informaciones o propuesta de pruebas que consideren convenientes en la defensa de sus derechos participándole que tienen a su disposición el expediente para examinarlo, de conformidad a lo establecido en el Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto.

Para resolver el expediente es competente, por razón de la cuantía de la multa según el anexo que se menciona, de conformidad con el artículo 40 da Ley 7/1992, de 24 de julio de pesca fluvial.

El pago voluntario podrá implicar la terminación del procedimiento sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos procedentes (artículo 8.2º del Real decreto 1398/1993). El importe de la sanción que en cada caso corresponda, se hará efectiva en la cuenta de recaudación de multas y sanciones de la Xunta de Galicia, empleando el impreso oficial que se facilitará en la Delegación de la Consellería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible en Ourense.

Lo que se comunica, de acuerdo con la normativa antes citada, con la Ley 30/1992 y con lo establecido en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE del 9 de agosto).

Ourense, 15 de noviembre de 2006.

Luis J. Ortiz Álvarez

Instructor

Vº Bº

Celso Fernández López

Delegado provincial de Ourense

ANEXO I

Expediente: OU-PES-2006/0034.

Denunciado: Savin Dmytro.

DNI: 000832046-K.

Última dirección conocida: Álvaro Carnero nº 45-3º, Braga, Portugal.

Hecho denunciado: pescar con dos cañas.

Lugar: río Limia, en las proximidades de la localidad de A Herdadiña, Lobios.

Fecha del hecho: 23-4-2006.

Fecha de la incoación: 19-7-2006.

Fecha de la propuesta: 15 de noviembre de 2006.

Precepto infringido y sancionador: artículo 34.4º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia, en relación con el artículo 14 de la Orden de 22 de febrero de 2006.

Competencia de resolución (art. 40): delegado provincial de la CMADS.

Sanción: 30,05 euros.

ANEXO II

Expediente: OU-PES-2006/0045.

Denunciado: Antonio Fernando da Costa.

DNI: 30766753-K.

Última dirección conocida: calle de la Nogueira nº 4, RS, Braganza, Portugal.

Hecho denunciado: pescar cuando la temporada comienza el 1 de mayo de 2006.

Lugar: río Cenza, en el tramo de montaña, Vilariño de Conso.

Fecha del hecho: 9-4-2006.

Fecha de la incoación: 19-7-2006.

Fecha de la propuesta: 15 de noviembre de 2006.

Precepto infringido y sancionador: artículo 34.6º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Competencia de resolución (art. 40): delegado provincial de la CMADS.

Sanción: 300,51 euros.

Inhabilitación: para obtener la licencia de pesca y para el ejercicio de esta actividad durante un año.

ANEXO III

Expediente: OU-PES-2006/0070.

Denunciado: Rpmonok Ykpaihga Stepan.

DNI: AT730356.

Última dirección conocida: Feiranova, Braga, Portugal.

Hecho denunciado: pescar sin licencia.

Lugar: proximidades de la localidad de A Herdadiña, Torno, Lobios.

Fecha del hecho: 28-5-2006.

Fecha de la incoación: 28-7-2006.

Fecha de la propuesta: 15 de noviembre de 2006.

Precepto infringido y sancionador: artículo 34.1º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Competencia de resolución (art. 40): delegado provincial de la CMADS.

Sanción: 300,51 euros.

Inhabilitación: para obtener la licencia de pesca y para el ejercicio de esta actividad durante un año.

ANEXO IV

Expediente: OU-PES-2006/0074.

Denunciado: Tiago Ferreira Fereira.

DNI: -.

Última dirección conocida: calle Carballo Araújo nº 3, Vila Real, Portugal.

Hecho denunciado: pescar sin licencia.

Lugar: embalse de O Vao, lugar Augas Mansas, Viana do Bolo.

Fecha del hecho: 6-5-2006.

Fecha de la incoación: 28-7-2006.

Fecha de la propuesta: 15 de noviembre de 2006.

Precepto infringido y sancionador: artículo 34.1º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Competencia de resolución (art. 40): delegado provincial de la CMADS.

Sanción: 300,51 euros.

Inhabilitación: para obtener la licencia de pesca y para el ejercicio de esta actividad durante un año.