DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 52 Miercoles, 14 de marzo de 2007 Pág. 4.013

III. OTRAS DISPOSICIONES

INSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO

RESOLUCIÓN de 5 de marzo de 2007 sobre delegación de competencias en el director general del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo.

El artículo 52 del Decreto 199/2002, de 6 de junio, establece, en la redacción resultante del Decreto 233/2004, de 23 de septiembre, que modificó e integró el Decreto 35/2004, de 6 de febrero, por el que se regulaban las subvenciones en el marco del programa bolsa de vivienda en alquiler del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo (IGVS), preveía que por la inclusión de la vivienda en la bolsa de alquiler el IGVS le concedería al arrendador, con cargo a fondos de la comunidad autónoma, entre otros beneficios, un servicio gratuito de defensa jurídica para la reclamación de rentas vencidas y no pagadas. Este servicio se vino prestando y se seguirá prestando para todos los arrendadores incluidos en el programa de la bolsa de vivienda en alquiler que así lo solicitaron.

El artículo 52 citado establece, a estos efectos, que los arrendadores se comprometen a otorgar los poderes de representación oportunos para su defensa jurídica por abogado y procurador, designados por el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo.

Al mismo tiempo, y dado que el IGVS debe apoderar a los profesionales que han de asumir la defensa de

los arrendadores y para una mayor agilidad en la tramitación, se necesita delegar dicha competencia, que corresponde a la presidenta del IGVS por ostentar su representación oficial, en el director general del dicho organismo autónomo.

En su virtud, haciendo uso de las facultades que me conceden en los artículos 10 y 11 c) de la Ley 3/1988, de 27 de abril, de creación del IGVS, y el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y demás disposiciones de general aplicación,

DISPONGO:

Primero.-Se delega en el director general del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo la competencia para representar al IGVS en el otorgamiento de las escrituras de apoderamiento a abogados y/o procuradores, precisas para el ejercicio de las acciones que tengan por objeto la reclamación de las rentas vencidas e impagadas por los respectivos arrendatarios a los arrendadores acogidos al programa de bolsa de vivienda en alquiler, en el marco de lo dispuesto por el artículo 52 del Decreto 199/2002, de 6 de junio, en su redacción dada por el Decreto 233/2004, de 23 de septiembre.

Segundo.-Las escrituras de apoderamiento que se firmen haciendo uso de esta delegación harán constar expresamente esta circunstancia.

Tercero.-Esta delegación se efectúa sin perjuicio de que la presidenta del IGVS pueda reasumir en cualquier momento la competencia delegada.

Santiago de Compostela, 5 de marzo de 2007.

Teresa Táboas Veleiro

Presidenta del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

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