De conformidad con el artículo 7.1º f) del Decreto 51/2000, de 25 de febrero, por el que se establece la organización recaudatoria de la Xunta de Galicia y el estatuto de los recaudadores de zona, y una vez autorizada la enajenación de los bienes y derechos mediante la correspondiente resolución de este centro directivo,
Resuelvo que el día 2 de outubre de 2007, a las 10.30 horas, en el salón de actos de la Delegación Territorial de la Consellería de Economía y Hacienda de Pontevedra (situada en la calle Michelena, 30) y bajo la presidencia de su titular, se celebre la subasta pública de los bienes y derechos que a continuación se relacionan, embargados por la Zona de Recaudación de Pontevedra como de la propiedad de los deudores que asimismo se señalan:
1. Bienes de Caíño García, José Luis, NIF: 76794887-A.
Lote nº 1:
Rústica, finca situada en el paraje de Pegos, ayuntamiento de Cotobade (Pontevedra), catastrada a nombre de Alicia García Trabazo, polígono 42, parcela 876 de 156 m2. Ref. catastral: 36012A042008760000ZA. Valor: 234 . Cargas: no constan. Tipo: 234 .
Lote nº 2:
Rústica, finca situada en el paraje de Moucho, ayuntamiento de Coboade, catastrada a nombre de Alicia García Trabazo, polígono 24, parcela 503 de 508 m2. Ref. catastral: 36012A0024005030000ZK. Valor: 762 . Cargas: no constan. Tipo: 762 .
Lote nº 3:
Urbana. Edificación de dos plantas de 68 m2, destinada a vivienda situada en el lugar de Pazos, número 13, ayuntamiento de Cotobade (Pontevedra). Abastecimiento de agua de la red comunal y saneamiento mediante fosa séptica, electrificación. Mampostería rústica y ladrillo enfoscado, teja de cerámica curva y carpintería metálica de aluminio lacado. Referencia catastral 001803400NH40C001WX.Valor: 11.370 . Cargas: no constan. Tipo: 11.370 .
2. Bienes de Domínguez Pereira, Sergio, NIF: 76991469-G.
Parcela con plantación de madera maderable en el polígono 29, parcela 154, en Os Campeliños-Estacas en el municipio de Fornelos de Montes, Pontevedra. Superficie: 0,2880 ha. Titular registral: Domínguez Pereira, Sergio. Referencia catastral: 36019A029001540000EP. Valor: 5.760 . Cargas: no constan. Tipo: 5.760 .
3. Bienes de Fernández Giráldez, Ramiro, NIF: 35548770-Q.
Urbana. Piso en planta bajo cubierta F, de la casa nº 7 de la calle República Argentina de Tomiño. Número once de la finca 27172, folio 169, libro 203, inscripción 3ª. Se destina a vivienda y mide 50,66 m2 útiles. Linderos: al norte o derecha piso G, y corredor; sur cubierta; oeste o fondo cubierta y a la del edificio cinco de su calle, y este piso E. Le son anexos una plaza de garaje y un trastero situados en la planta del sótano e identificados con su denominación. Finca 28040, tomo 921, libro 208, folio 110 del Registro de la Propiedad de Tui. Valor: 54.100 . Cargas: 30.286,61 . Tipo: 23.813,39 .
4. Bienes de García Castro, Alfonso, NIF: 35446628-V.
Mitad indivisa de la finca urbana número 3. Local situado en la planta baja de un edificio radicante en la calle Daniel Castelao de la villa y municipio de O Grove, con entrada desde la calle Castelao. Tiene una superficie de 362 metros cuadrados. Linda: este, calle Castelao, departamentos nº 2 y zona de servicios comunes; oeste, parcela segregada de la misma sociedad; norte, departamentos nº 2 y propiedad de los herederos de Manuel Gondar, y sur departamento nº 4, zona de servicios y Lorenzo Domínguez. Titularidad: Alfonso García Castro y María del Carmen Otero Padín por mitades y partes iguales, por título de compraventa con carácter presuntivamente privativo. Referencia catastral: 1645524NH1014N0018TZ. Es la finca nº 7135, tomo 784, libro 64 de O Grove, folio 48 del Registro de la Propiedad de Cambados. Valor: 120.250 . Cargas: no constan. Tipo: 120.250 .
5. Bienes de Rivero Castro, María Luisa, NIF: 35299680-Q.
310 participaciones sociales de la mercantil Verocastro, S.L., con CIF: B-36412526, numeradas de la una a la trescientos diez, ambas inclusive. Valor: 3.100 . Cargas: no constan. Tipo: 3.100 .
6. Bienes de Vidal Cabanillas, Salustiano Ramón, NIF: 35404467-S.
Urbana. Local número 3. Local situado en la primera planta, a la izquierda según se mira de frente el edificio. Se encuentra destinado a vivienda y tiene una superficie de 65 m2. Finca 47107, que es el número 74 en el paraje de Foxos, parroquia de Teis, ayuntamiento de Vigo, tomo 1631, libro 738, folio 35 del Registro de la Propiedad de Vigo. Valor: 60.150 . Cargas: no constan. Tipo: 60.150 .
Asimismo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 146 del Reglamento general de recaudación, se hace constar lo siguiente:
1º Están a disposición de los interesados en la correspondiente zona de recaudación, donde pueden ser examinados hasta el día anterior al de la subasta, los expedientes de apremio en los que constan los títulos de propiedad de los bienes y derechos subastados y el estado de sus cargas y gravámenes, con los que habrán de conformarse, sin tener derecho a exigir otros. Las cargas y gravámenes que subsistiesen al crédito de los ejecutantes continuarán subsistiendo, entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en las responsabilidades de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio del remate.
2º La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes y derechos si se hace pago de la deuda, intereses y costas del procedimiento.
3º Los licitadores podrán enviar o presentar sus ofertas en sobre cerrado desde el anuncio de subasta hasta una hora antes del comienzo de ésta, sin perjuicio de que puedan participar personalmente en la licitación con posturas superiores a la del sobre. Dichas ofertas, que tendrán el carácter de máximas, serán registradas en el registro de la delegación territorial de la consellería y deberán ir acompañadas de cheque conformado, extendido a favor del Tesoro de la Hacienda pública de Galicia, por el importe del depósito.
4º Todo licitador deberá constituir ante la mesa de subasta el preceptivo depósito de garantía, que será al menos del 20 por 100 del tipo de aquella. Dicho depósito se ingresará en firme en el Tesoro si los adjudicatarios no satisfacen el precio del remate, sin perjuicio de las responsabilidades en que incurran por los mayores perjuicios que sobre el importe del depósito origine la inefectividad de la adjudicación.
5º En el caso de que no resulten adjudicados los bienes y derechos en una primera licitación, la mesa de subasta podrá realizar una segunda licitación, si lo juzga procedente, fijando el nuevo tipo de subasta en el 75% del importe de la primera licitación, o bien anunciará la iniciación del trámite de adjudicación directa, que se llevará a cabo de acuerdo con el artículo 150 del Reglamento general de recaudación.
6º El rematante tiene la obligación de entregar en el acto de la adjudicación o dentro de los cinco días siguientes la diferencia entre el depósito constituido y el precio de adjudicación.
7º Si quedasen bienes o derechos sin adjudicar, se iniciará el trámite de adjudicación directa, por un plazo máximo de seis meses, pudiéndose presentar ofertas en sobre cerrado, a partir de ese momento, a la mesa de subasta.
La mesa de subasta abrirá las ofertas presentadas al término del plazo del mes desde su inicio, pudiendo proceder a la adjudicación de los bienes y derechos si alguna de ellas se considera suficiente en ese momento. En caso contrario, se anunciará la extensión de un mes más para la presentación de nuevas ofertas o mejora de las ya existentes, sin perjuicio de la validez de las ofertas presentadas hasta ese momento; y así sucesivamente, con el límite total de seis meses.
El precio mínimo de adjudicación directa será el tipo de subasta en primera licitación, cuando no se haya considerado procedente celebrar una segunda licitación; si hubiera existido segunda licitación, no habrá precio mínimo.
8º La Consellería de Economía y Hacienda se reserva el derecho de pedir la adjudicación, para la Comunidad Autónoma de Galicia de los bienes y derechos que no hubieran sido objeto de venta, conforme a lo establecido en el artículo 158 del Reglamento general de recaudación.
9º El procedimiento de apremio solamente se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el artículo 165 de la Ley general tributaria y 101 del Reglamento general de recaudación.
En todo lo no previsto en este anuncio se estará a lo preceptuado en las disposiciones legales que regulen el acto.
Santiago de Compostela, 2 de abril de 2007.
Regina Losada Trabada
Directora general de Tributos

