DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 114 Jueves, 14 de junio de 2007 Pág. 10.253

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INNOVACIÓN E INDUSTRIA

RESOLUCIÓN de 7 de mayo de 2007, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se amplía la autorización de la entidad Ingeniería de Gestión Industrial, S.L. (Ingein, S.L.) como organismo de control autorizado en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Examinado el escrito presentado por Ana Cupeiro Arrojo, en calidad de representante de Ingeniería de Gestión Industrial, S.L. (Ingein, S.L.), con CIF B-13102009 y con domicilio social en Parque Tecnológico de Boecillo, edificio Centro 109-113, 47151 Boecillo (Valladolid), mediante el que solicita ampliación de la autorización como organismo de control autorizado en la Comunidad Autónoma de Galicia, en el campo reglamentario de Instalaciones y aparatos para combustibles gaseosos, resultan los siguientes

Antecedentes de hecho.

Primero.-Ingeniería de Gestión Industrial, S.L. (Ingein, S.L.) está acreditada por ENAC con números de acreditación 81/EI138 y OC-I/079 para la realización de inspecciones en los campos y según los documentos normativos especificados en los respectivos anexos técnicos rev. 6 y rev. 1, de fecha 16-2-2007.

Segundo.-Con fecha 25 de abril de 2007, Ana Cupeiro Arrojo, en nombre y representación de Ingeniería de Gestión Industrial, S.L. (Ingein, S.L.), presentó un escrito mediante el que, al amparo del Decreto 426/2001, de 15 de noviembre, por el que se regulan los organismos de control en materia de seguridad industrial y control reglamentario y se crea la Comisión de Coordinación de Seguridad Industrial de Galicia, solicitaba ampliación de la autorización como organismo de control autorizado en la Comunidad Autónoma de Galicia, en el campo reglamentario de Instalaciones y aparatos para combustibles gaseosos. A tal efecto, aportaba la documentación exigida en los artículos 4, 5 y 6, así como la especificada en el anexo II del citado decreto.

Fundamentos de derecho.

Primero.-Esta dirección general es competente para resolver este expediente con base en el Decreto 231/2006, de 23 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Innovación e Industria, en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de industria, en el Real decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la infraestructura para la calidad y la seguridad industrial, y en el Decreto 426/2001, de 15 de noviembre, por el que se regulan los organismos de control en materia de seguridad industrial y control reglamentario y se crea la Comisión de Coordinación de Seguridad Industrial de Galicia.

Segundo.-La documentación presentada por Ingeniería de Gestión Industrial, S.L. (Ingein, S.L.) acredita que la empresa cumple con las exigencias establecidas en los artículos 4, 5, 6 y 7 del Decreto 426/2001 para su actuación en los ámbitos reglamentarios solicitados.

La Dirección General de Industria, Energía y Minas, de acuerdo con todo lo que antecede y en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas,

RESUELVE:

Primero.-Ampliar la autorización de Ingeniería de Gestión Industrial, S.L. (Ingein, S.L.) como organismo de control autorizado en la Comunidad Autónoma de Galicia, para la realización de inspecciones en los campos indicados a continuación, según los correspondientes documentos normativos recogidos en los anexos técnicos rev. 6 y rev. 1, de fecha 16-2-2007, de las respectivas acreditaciones 81/EI138 y OC-I/079 de ENAC.

Instalaciones y aparatos para combustibles gaseosos.

Segundo.-Esta resolución puede ser suspendida o revocada, además de en los casos contemplados en la legislación vigente, cuando lo sean las citadas acreditaciones de ENAC, y queda supeditada al cumplimiento de las siguientes condiciones:

1. Cualquier ampliación de los campos reglamentarios de actuación o de los documentos normativos correspondientes deberá seguir los trámites establecidos en los artículos 4, 5, 6 y 7 del Decreto 426/2001 para su autorización.

2. Ingeniería de Gestión Industrial, S.L. (Ingein, S.L.) deberá cumplir lo establecido en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de industria y en el Real decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, en lo que sea de aplicación.

3. Ingeniería de Gestión Industrial, S.L. (Ingein, S.L.) deberá cumplir en sus actuaciones en la Comunidad Autónoma de Galicia los requisitos establecidos en el Decreto 426/2001, de 15 de noviembre.

Notifíquese esta resolución al interesado haciendo constar que podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de notificación, ante el conselleiro de Innovación e Industria, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Santiago de Compostela, 7 de mayo de 2007.

Anxo Ramón Calvo Silvosa

Director general de Industria, Energía y Minas