DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 242 Lunes, 17 de diciembre de 2007 Pág. 19.750

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y JUSTICIA

RESOLUCIÓN de 10 de diciembre de 2007, de la Secretaría General de Política Lingüística, por la que se aprueban las bases que regirán el concurso público de doce becas de colaboración en proyectos de investigación que se desarrollan en el Centro Ramón Piñeiro para la Investigación en Humanidades, y se anuncia su convocatoria.

El artículo 5, en armonía con el artículo 27 del Estatuto de autonomía de Galicia, establece como competencia de la Comunidad Autónoma gallega la promoción y enseñanza de la lengua gallega y el fomento de la cultura y la investigación.

Dentro del plan de actividades de la Secretaría General de Política Lingüística, dependiente organicamente de la Consellería de la Presidencia, Administracións Públicas y Justicia y funcionalmente de la Presidencia de la Xunta de Galicia, de acuerdo con el Decreto 231/2005, de 11 de agosto, para el 2007 figura la convocatoria pública de becas de investigación para realizar proyectos concretos sobre lingüística, literatura, antropología e historia gallegas, en el Centro Ramón Piñeiro para la Investigación en Humanidades.

Su otorgamiento se enmarca por el artículo 7 apartado 2º.1.3, por las diposiciones adicionales segunda c) y cuarta del Decreto 44/2006, de 2 de marzo, de estructura orgánica de los órganos superiores dependientes de Presidencia de la Xunta de Galicia.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en el punto c de la disposición adicional segunda del Decreto 44/2006, de 2 de marzo, se aprueban las siguientes:

BASES:

Primera.-Objeto.

El concurso tiene por objeto la adjudicación de doce becas de colaboración en los proyectos concretos de investigación que se están desarrollando en el Centro Ramón Piñeiro para Investigación en Humanidades, y que se incluyen como anexos a la presente resolución, en los que se detallan los requisitos específicos que deben reunir los solicitantes.

Segunda.-Cuantía de las becas.

El importe de las becas incluirá.

-Una asignación mensual de 927 euros, con la retención fiscal que corresponda, que será incompatible con cualquier otra ayuda o actividad remunerada.

-Seguro de asistencia médica y seguro combinado de accidentes.

Para el gasto que se proyecta existe crédito adecuado y suficiente en la partida presupuestaria 04.60.15A.480.0 por un importe máximo de 134.952,40 euros (85.778,40 euros, correspondientes al pago de las mensualidades de 8 becas desde el 15 de xaneiro hasta el 31 de diciembre de 2008, 38.934 euros de las mensualidades de 4 becas desde el 15 de febrero hasta el 31 de diciembre de 2008 y de 10.240 euros para el pago de la asistencia sanitaria) correspondiente a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2008. En todo caso, el gasto proyectado queda sometido a la condición suspensiva de la existencia de crédito adecuado y suficiente para tal fin en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2008 y a lo dispuesto en la orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 11 de febrero de 1998, modificada por las órdenes de 27 de noviembre de 2000 y de 25 de octubre de 2001.

El pago de la beca se realizará tras informe del director de investigación, siempre que los trabajos se desarrolen con normalidad y de acuerdo con las bases establecidas.

Tercera.-Duración.

La fecha de incorporación al centro será dentro de los cinco días siguientes al de la notificación de la adjudicación. Los becarios y becarias adjudicatarios de las becas de los anexos del I al VI comenzarán su estancia en el centro a partir del día 15 de xaneiro de 2008 y de los anexos VII al IX comenzarán su estancia a partir del 15 de febrero de 2008. Los becarios o becarias que no se incorporen en el plazo establecido perderán los derechos inherentes a la beca concedida, salvo causa justificada de retraso apreciada por el coordinador científico del Centro Ramón Piñeiro. En el supuesto de incorporación tardía, aunque justificada, se reducirá proporcionalmente el importe de la cuantía a percibir.

La concesión de la beca será hasta el 31 de diciembre de 2008, pudiendo prorrogarse anualmente hasta un máximo total, incluidas las prórrogas, de tres años, a la vista del trabajo realizado por el becario o becaria, siempre que el proyecto al que está vinculado requiera de su labor y así lo permitan las disponibilidades presupuestarias. En el supuesto de prórroga, la dotación económica podrá incrementarse de acuerdo con el índice de precios al consumo que se establezca para cada año.

Cuarta.-Requisitos.

Los becarios y becarias deberán cumplir, además de los requisitos específicos que para cada proyecto se señalan en los anexos de esta resolución, los siguientes requisitos generales:

a) Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea.

b) Estar en posesión del título de licenciado o licenciada.

c) Acreditar conocimiento de la lengua gallega en el nivel de perfeccionamiento o Celga 4.

d) No podrán participar en esta convocatoria personas que, reuniendo estos requisitos, resultasen beneficiarios de una beca o contrato en concursos anteriores del Centro Ramón Piñeiro para a Investigación en Humanidades.

Quinta.-Solicitudes.

Las solicitudes, en el modelo que se adjunta como anexo, irán dirigidas al coordinador-científico del Centro Ramón Piñeiro para a investigación en Humanidades y se entregarán en la sede de este (carretera Santiago-Noia, km 1, A Barcia, 15896 Santiago de Compostela), o bien en cualquiera de los centros previstos en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Se entregará una solicitud por cada proyecto al que la persona se quiera presentar. Solo será necesaria una única documentación.

El plazo de presentación de solicitudes será de 31 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el DOG, acompañadas de la documentación siguiente:

-Certificación académica personal completa.

-Curriculum vitae, en el que deberá constar la experiencia investigadora en proyectos de investigación, acompañado de documentación que avale la totalidad de los méritos alegados.

-Acreditación de conocimiento de la lengua gallega nivel perfeccionamiento o Celga 4.

-Fotocopia del DNI o pasaporte.

-Declaración jurada comprometiendose a renunciar, si fuese seleccionado, a la percepción de otras remuneraciones, becas o ayudas.

-Declaración jurada de no percibir otras ayudas al inicio y al final de la beca.

-Declaración del conjunto de todas las solicitudes efectuadas, o concedidas, para un mismo proyecto, ante las administraciones públicas competentes ou otros entes públicos.

Al amparo de lo establecido en el artículo 20.3º de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, la presentación de la solicitud por el interesado o interesada comporta la autorización a la secretaría general para solicitar las certificaciones de no tener deudas que deban emitira la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Consellería de Economía y Hacienda de la Xunta de Galicia. Estos requisitos deberán acreditarse, en su caso, antes de que se dicte la propuesta de resolución de la concesión.

Todos los documentos deberán ser originales o copias cotejadas con ellos.

Vistas todas las solicitudes se dará un plazo de 10 días para subsanar la falta de documentación. Transcurridos estos días sin esta subsanación, se archivarán dichos expedientes.

Sexta.-Comisión de valoración.

La selección de los candidatos y candidatas será realizada por una comisión presidida por el coordinador-científico del Centro Ramón Piñeiro para la Investigación en Humanidades y compuesta por tres vocales propuestos por aquel y nombrados por la secretaria general de Política Lingüística. Actuará como secretario el secretario del centro. Esta comisión podrá solicitar informes previos sobre las solicitudes presentadas a los directores de los proyectos de investigación implicados.

El presidente de la comisión remitirá la lista de los candidatos y candidatas seleccionados y suplentes, en su caso, a la secretaria general de Política Lingüística quien resolverá. La resolución se publicará en el Diario Oficial de Galicia. Esta resolución, que agotará la vía administrativa, podrá ser objeto de recurso de reposición en un plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de Galicia, ante la secretaria xeral de Política Lingüística, según lo dispuesto en la Ley 4/1999 (BOE del 14 de enero) de modificación de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien los interesados podrán presentar directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, conforme se establece en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción

contencioso-administrativa.

Las solicitudes se considerarán desestimadas de no quedar resuelta la convocatoria en el plazo de seis meses desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Séptima.-Baremo para la selección de los becarios y becarias.

-Titulación del solicitante y expediente académico: hasta un máximo de cuatro puntos.

-Curriculum vitae del solicitante y experiencia investigadora en proyectos de investigación similares: hasta un máximo de cuatro puntos.

-Además del examen de la documentación presentada, la comisión podrá convocar a los aspirantes que tengan como mínimo cuatro puntos en la suma de los apartados anteriores a una entrevista personal para valorar sus conocimientos sobre el tema de investigación: hasta un máximo de dos puntos.

La comisión no valorará aquellos méritos alegados por los solicitantes en sus instancias que no estén acreditados documentalmente. Para la selección de los candidatos y candidatas la comisión tendrá en cuenta aquellos informes solicitados a los directores de los proyectos de investigación implicados.

Octava.-Condiciones.

Estas becas son incompatibles con la realización de trabajo remunerado o el disfrute de otro tipo de becas o ayudas.

La secretaria general de Política Lingüística podrá conceder o denegar en función de las necesidades del proyecto de investigación al que estén adscritos la interrupción en el disfrute de la beca por petición razonada del interesado o interesada, previo informe de su director de proyecto. La interrupción no podrá ser nunca superior a tres meses a lo largo de la duración de la beca y las posibles renovaciones pudiendo los tres meses disponibles fraccionarlos en tres bloques de un mes y no darán lugar, en ningún caso, a la posibilidad de recuperar el período interrumpido. El interesado en esta interrupción temporal de la beca no tendrá derecho a percibir las mensualidades correspondientes al período que dure su renuncia.

Si algún de los beneficiarios o beneficiarias de estas becas decidiese renunciar a ella, fuese seleccionado para otras becas, ayudas o proyecto, o se produjese alguna circunstancia que determine la incompatibilidad en el disfrute de la beca, deberá comunicarlo al Servicio del Centro Ramón Piñeiro para la Investigación en Humanidades, que procederá a la suspensión de la beca correspondiente. En el caso de que esta suspensión se produjese en el plazo de un año a partir de la fecha de aceptación del último nombramiento de las becas convocadas en esta resolución, la bolsa vacante podrá ser adjudicada al candidato siguiente de la lista de suplentes siempre que las necesidades del proyecto sigan siendo las mismas. En tal caso, el período máximo del que podrá beneficiarse el segundo candidato no podrá exceder el plazo de tres años contados a partir de la fecha del primer nombramiento.

Novena.-Esta resolución se rige por la normativa básica de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Regulamento de la Ley 38/2003. Asimismo, se rige por lo establecido en la Ley 9/2007, de 13 de julio, de subvenciones de Galicia.

Décima.-Aceptación de las becas

Una vez recibidas las notificaciones de concesión de las becas por los beneficiarios, estos en el plazo de cinco días naturales, comunicarán por escrito al Centro Ramón Piñeiro para a Investigación en Humanidades la aceptación o renuncia a ellas. Si transcurridos esos cinco días no se hiciera manifestación en ningún sentido, se entenderá como renuncia a la beca.

Undécima.-Obligaciones.

Los becarios y becarias permanecerán en el Centro Ramón Piñeiro, en horario habitual de mañana o tarde, salvo cuando la naturaleza del proyecto obligue a desplazar la investigación a otro lugar. Toda alteración de las condiciones que se tuvieron en cuenta para la concesión de la beca, y en todo caso la obtención concurrente de becas o ayudas otorgadas por otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.

El incumplimiento por parte de la becaria o becario de alguna de las condiciones recogidas en las presentes bases supondrá la pérdida de la beca concedida y, en su caso, el reintegro de las cantidades ya cobradas y se podrá atribuir al aspirante que ocupe el primer lugar en la lista de suplentes, o al siguiente o siguientes cando los llamados no pudiesen prestar su colaboración por cualquier motivo, teniendo en cuenta las necesidades del proyecto.

La condición de becario o becaria no dará lugar a relación contractual alguna, ni laboral ni administrativa, con la Xunta de Galicia.

En todo caso, teniendo en cuenta el artículo 11 c) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subveciones, el becario tiene la obligación de facilitar toda la información que le sea requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma , el Tribunal de Cuentas y el Consejo de Cuentas, en el ejercicio de sus funciones de fiscalización y control del destino de las ayudas.

Una vez finalizada la beca se presentará un informe de la actividad realizada, con el visto bueno del director del proyecto.

Duodécima.-Registro de ayudas y subvenciones.

De conformidad con el artículo 13.4º de la Ley 4/2006, de 30 de junio, de transparencia y de buenas prácticas en la Administración pública gallega, la Secretaría General de Política Lingüística publicará en su página web oficial la relación de los beneficiarios y beneficiarias y el importe de las becas concedidas, por lo que la presentación de la solicitud lleva implícita la autorización para el tratamiento necesario de los datos de los beneficiarios y de su publicación en la citada página web.

Asimismo, en cumplimiento con lo dispuesto en el Decreto 132/2006, de 27 de julio, por el que se regulan los registros públicos creados en los artículos 44 y 45 de la Ley 7/2005, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2006, la secretaría general hará públicos los datos relevantes referidos a las becas concedidas. La reserva que el peticionario o peticionaria pueda hacer en el sentido de no autorizar la obtención o la publicidad de los datos en los registros, que en todo caso tendrá que comunicar expresamente a la Administración, podrá dar lugar a la exclusión del proceso de participación en la convocatoria de becas o, en otro caso, a la revocación del acto de otorgamiento y, si procede, al reintegro del importe concedido.

Décimotercera.-Esta resolución, que agotará la vía administrativa, podrá ser objeto de recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir do día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia, ante la secretaria general de Política Lingüística, según lo dispuesto en la disposición adicional segunda d) del Decreto 44/2006, de 2 de marzo (DOG nº 53, del 16 de marzo), de estructura orgánica de los órganos superiores dependientes de Presidencia da Xunta y según lo dispuesto en la Ley 4/1999 (BOE del 14 de enero) de modificación de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien los interesados podrán presentar directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, conforme se establece en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción

contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 10 de diciembre de 2007.

María Sol López Martínez

Secretaria xeral de Política Lingüística

ANEXO I

Dos becas para colaborar en el proyecto de diccionarios de literatura.

Estas becas tienen como finalidad colaborar en el proyecto de diccionarios de literatura que se realiza en el Centro Ramón Piñeiro.

1. Requisitos específicos de los/las solicitantes para una beca de diccionarios de terminos literarios.

Para solicitar la beca a la que se refiere esta convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos establecidos en la base cuarta de esta resolución:

-Ser licenciado o licenciada en filología.

-Sólidos conocimientos de teoría literaria.

-Sólida capacidad de redacción y de síntesis en lengua gallega.

-Manejo instrumental de idiomas.

-Conocimientos de informática a nivel de usuario.

2. Requisitos específicos de los/las solicitantes para la beca de diccionario de literatura gallega.

Para solicitar la beca a que se refiere esta convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta resolución:

-Ser licenciado o licenciada en filología gallega.

-Sólidos conocimientos de literatura gallega.

-Sólida capacidad de redacción y de síntesis.

-Manejo instrumental de idiomas.

-Conocimientos de informática a nivel de usuario.

ANEXO II

Una beca para colaborar en el proyecto de Cuadernos de fraseología gallega.

Esta beca tiene como finalidad colaborar en el proyecto de cuadernos de fraseología gallega que se realiza en el Centro Ramón Piñeiro.

Requisitos específicos de los solicitantes:

Para solicitar la beca a la que se refiere esta convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta resolución:

-Ser licenciado o licenciada en traducción e interpretación o en filología gallega.

-Contacto inmediato y habitual con el mundo rural o marinero y dominio y uso de su fraseología.

-Buen nivel de mecanografía (por lo menos 150 pulsaciones por minuto).

-Manejo de un procesador de textos y de una base de datos.

-Conocimientos fraseológios y experiencia fraseográfica o lexicográfica.

-Dominio de inglés o alemán.

ANEXO III

Una beca para colaborar en el proyecto Corpus de Referencia del Gallego Actual.

Esta beca tiene como finalidad colaborar en el proyecto de corpus de referencia del gallego actual que se realiza en el Centro Ramón Piñeiro.

Requisitos específicos de los solicitantes:

Para solicitar la beca a que se refiere esta convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta resolución:

-Ser licenciado o licenciada en filología o traducción e interpretación.

-Tener experiencia en la introdución de textos en ordenador y en el manejo de textos en formato electrónico.

-Tener experiencia en gramaticas formales y construcción de etiquetadores morfosintácticos y lematizadores.

-Tener experiencia en la gestión de bases de datos a nivel de usuario.

ANEXO IV

Una beca para colaborar en el proyecto de catalogación de los fondos bibliográficos del Centro Ramón Piñeiro.

Esta beca tiene como finalidad colaborar en la catalogación de los fondos bibliográficos existentes en el Centro Ramón Piñeiro.

Requisitos específicos de los/las solicitantes:

Para solicitar las becas a que se refiere esta convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta resolución.

-Ser licenciado o licenciada en historia o documentación.

-Acreditar conocimientos y experiencia en trabajos de documentación y bibliotecas.

-Conocimiento de programas de gestión de biblioteca.

-Conocimientos de informática a nivel de usuario.

ANEXO V

Dos becas para colaborar en el proyecto de recuperación de textos poéticos y periodísticos gallegos.

Estas becas tienen como finalidad colaborar en el proyecto de recuperación de textos poéticos y periodísticos gallegos que se están realizando en el Centro Ramón Piñeiro.

Requisitos específicos de los/las solicitantes:

Para solicitar la beca a que se refiere esta convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta resolución:

-Ser licenciado o licenciada en filología gallega.

-Conocimientos de informática en calidad de usuario.

ANEXO VI

Una beca para colaborar en el proyecto para evaluación y aprendizaje del gallego.

Esta beca tiene como finalidad colaborar en el proyecto para evaluación y aprendizaje del gallego que se realiza en el Centro Ramón Piñeiro.

Requisitos específicos de los/las solicitantes:

Para solicitar la beca a que se refiere esta convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta resolución:

-Ser licenciado o licenciada en filología.

-Formación específica en didáctica de lenguas.

-Conocimiento del enfoque comunicativo para la enseñanza de lenguas.

-Formación o experiencia en la creación de materiales didácticos basados en tareas.

-Se valorará la formación o experiencia sobre evaluación del conocimiento de lenguas.

ANEXO VII

Una beca para colaborar en el proyecto de prosa literaria gallega medieval vinculado al Archivo Galicia Medieval.

Esta beca tiene como finalidad colaborar en el proyecto de prosa gallega medieval que se está realizando en el Centro Ramón Piñeiro

Requisitos específicos de los/las solicitantes:

Para solicitar la beca a que se refiere esta convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta resolución:

-Ser licenciado ou licenciada en filología.

-Tener conocimientos de informática a nivel de usuario.

-Experiencia investigadora en el ámbito de la literatura románica medieval, de manera particular en prosa literaria e historiográfica, y preferentemente en los textos gallegos y portugueses medievales.

ANEXO VIII

Dos becas para colaborar en el proyecto de lírica medieval vinculado al Archivo Galicia Medieval.

Estas becas tienen como finalidad colaborar en el proyecto de lírica medieval vinculado al Archivo Galicia Medieval que se está realizando en el Centro Ramón Piñeiro.

Requisitos específicos de los/las solicitantes:

Para solicitar las becas a la que se refiere esta convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta resolución:

-Ser licenciado o licenciada en filología.

-Conocimientos de informática a nivel de usuario.

-Tener experiencia investigadora en literatura medieval románica.

-Capacidad para leer/traducir textos en diferentes lenguas románicas en estado medieval.

ANEXO IX

Una beca para colaborar en el proyecto de síntesis de voz en gallego.

Esta beca tiene como finalidad colaborar en el proyecto de síntesis de voz en gallego que se realiza en el Centro Ramón Piñeiro.

Requisitos específicos de los/las solicitantes:

Para solicitar la beca a que se refiere esta convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta resolución:

-Ser licenciado o licenciada en ingeniería de telecomunicaciones, física o matemáticas.

-Formación en fonética acústica y tecnología del habla.

-Conocimiento instrumental de idiomas.

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