DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 245 Jueves, 20 de diciembre de 2007 Pág. 19.937

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJO DE LA CULTURA GALLEGA

RESOLUCIÓN de 11 de diciembre de 2007 por la que se aprueban las bases que regirán la convocatoria pública de dieciséis becas de colaboración en proyectos de investigación que se están desarrollando en el Consejo de la Cultura Gallega y se anuncia su convocatoria.

El artículo 6 de la Ley 8/1983, del 8 de julio, en su párrafo b), establece que: «Compete al Consejo de la Cultura Gallega investigar y valorar las necesidades culturales del pueblo gallego».

Dentro del plan de actividades del Consejo de la Cultura Gallega para el año 2008 figura la convocatoria pública de becas de colaboración para proyectos de investigación sobre diversos aspectos de la cultura gallega.

Su otorgamiento se enmarca dentro de las funciones atribuidas al Consejo de la Cultura Gallega en la Ley 8/1983, del 8 de julio, que desarrolla el artículo 32 del Estatuto de autonomía.

En su virtud, se aprueban las siguientes bases:

Primera.-Objeto.

Se convocan dieciséis becas de colaboración en proyectos de investigación concretos que se están desarrollando en el Consejo de la Cultura Gallega y que se incluyen como anexos a esta resolución, en los que se detallan los requisitos específicos que deben reunir las personas solicitantes.

Segunda.-Duración.

La fecha de incorporación al Consejo de la Cultura Gallega será dentro de los cinco días siguientes al de la notificación de la adjudicación. Los becarios y las becarias comenzarán su actividad a partir del día 1 de febrero de 2008. La concesión de la beca será hasta el día 31 de diciembre.

Los becarios y las becarias que no se incorporen en el plazo establecido perderán los derechos inherentes a la beca concedida, salvo causa justa de retraso apreciada por el presidente del Consejo de la Cultura Gallega.

Tercera.-Cuantía de las becas y dotación presupuestaria.

El importe de las becas incluirá:

-Una asignación mensual de ochocientos cincuenta euros (850) con la retención fiscal que corresponda, que será incompatible con cualquier otra ayuda o actividad remunerada.

-Seguro de asistencia médica y seguro combinado de accidentes.

Para el gasto que se prevé existe crédito adecuado y suficiente en la aplicación presupuestaria 03.01.111D.480.0, por una cuantía máxima total de ciento cincuenta y nueve mil doscientos ochenta euros (159.280) de los que 149.600 € corresponden al pago de las mensualidades a partir del 1 de febrero hasta el 31 de diciembre y 9.680 € al pago de la asistencia sanitaria correspondiente a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2008. En todo caso el gasto proyectado queda sometido a la condición suspensiva de la existencia de crédito adecuado y suficiente para tal fin en los presupuestos generales de la Comunidad Áutónoma de Galicia para el año 2008 y a lo dispuesto en la orden de la Consellería de Economía y Hacienda del 11 de febrero de 1998, modificada por las órdenes del 27 de noviembre de 2000 y del 25 de octubre de 2001.

El pago de la beca se realizará mensualmente después del informe de quien coordine o tutorice la investigación, siempre que los trabajos se desarrollen con normalidad y de acuerdo con las bases establecidas.

Cuarta.-Requisitos generales.

a) Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea.

b) Estar en posesión de la titulación académica requerida en el anexo correspondiente en un plazo no superior a los cinco años.

c) Acreditar conocimiento de la lengua gallega en el nivel de perfeccionamiento.

d) No haber disfrutado de una beca del Consejo de la Cultura Gallega por un período superior o igual a doce meses, ni haber renunciado a ella sin una causa de fuerza mayor, según juicio del Consejo de la Cultura Gallega, después de iniciado el período de vigencia.

e) No haber sido separado/a del servicio de ninguna administración o institución a consecuencia de expediente disciplinario.

f) No desempeñar actividad profesional remunerada por cuenta propia o ajena, ni beneficiarse de becas o ayudas equiparables a las convocadas.

Quinta.-Solicitudes.

Las solicitudes, en el modelo que se adjunta como anexo, irán dirigidas al presidente del Consejo de la Cultura Gallega y se entregarán en la sede del Consejo de la Cultura Gallega (Pazo de Raxoi, 2º planta, Plaza del Obradoiro, 15705 Santiago de Compostela) o bien en cualquiera de los centros previstos en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Se entregará una solicitud por cada proyecto al que la persona quiera presentarse. Sólo será necesaria una única documentación.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Galicia, acompañadas de la documentación siguiente:

-Certificación académica personal completa en la que figure la nota media numérica del expediente.

-Curriculum vitae, acompañado de cuantos documentos puedan avalarlo.

-Fotocopia del DNI o pasaporte.

-Declaración jurada comprometiéndose a renunciar, si fuese seleccionado/a, a la percepción de otras remuneraciones, becas o ayudas, y también de que el/la solicitante no fue separado/a del servicio de ninguna Administración ni institución pública a consecuencia de expediente disciplinario.

-Declaración de la persona solicitante de las ayudas pedidas para el mismo fin a las administraciones públicas.

Todos los documentos deberán ser originales o copias cotejadas con ellos.

Vistas todas las solicitudes se dará un plazo de diez días para corregir la falta de documentación, con la indicación de que transcurridos estos días sin dicha corrección se archivarán los expedientes.

Sexta.-Comisión de valoración.

La selección de los candidatos y las candidatas será realizada por una comisión de valoración. La comisión de valoración será nombrada por la Comisión Ejecutiva del Consejo de la Cultura Gallega.

Esta comisión estará formada por dos miembros de la comisión ejecutiva y el coordinador de la sección o el director del archivo o proyecto que solicite la beca. Este último puede, a su vez, delegar en un miembro de la sección o comisión técnica correspondiente.

El presidente de la comisión elevará al presidente del Consejo de la Cultura Gallega la relación de candidatas/os seleccionadas/os y suplentes, en su caso, para la adjudicación de la beca.

Finalmente, el presidente del Consejo de la Cultura Gallega hará pública la relación de las personas seleccionadas (titulares y suplentes) por orden de puntuación y las becas se adjudicarán por resolución del presidente del Consejo de la Cultura Gallega, que será debidamente notificada a las/os solicitantes. Esta resolución pondrá fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dictó o podrá ser impugnada directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa de acuerdo con el artículo 116 de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre.

El presidente del Consejo de la Cultura Gallega podrá declarar desierta la convocatoria si estima que ninguno de los candidatos y ninguna de las candidatas resulta idóneo/a.

La resolución del presidente del Consejo de la Cultura Gallega se adoptará en el plazo de tres meses, contados desde la fecha de finalización de presentación de solicitudes de las becas, y la falta de resolución producirá efectos desestimatorios.

En el caso de que, adjudicadas las becas, surgieran renuncias, se adjudicará automáticamente la ayuda a la siguiente persona aspirante en puntuación y se procederá del mismo modo en las renuncias consecutivas.

Las resoluciones de adjudicación se incluirán en los registros de ayudas, subvenciones, convenios y sanciones, regulados en el Decreto 132/2006, de 27 de julio, por el que se reglamentan los registros públicos creados en los artículos 44 y 45 de la Ley 7/2005, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2006, los datos relevantes referidos a las ayudas y subvenciones recibidas, así como las sanciones impuestas, según la autorización de la persona solicitante que figure en la convocatoria correspondiente.

Séptima.-Baremo para la selección de los becarios y las becarias.

-Expediente académico: hasta un máximo de 4 puntos.

-Curriculum vitae de la persona solicitante, experiencia investigadora y colaboración en proyectos de investigación similares: hasta un máximo de 4 puntos.

La comisión no valorará aquellos méritos alegados por las personas solicitantes en sus instancias que no estén acreditados documentalmente.

En caso de empate se tendrá en cuenta el expediente académico en segundo lugar el curriculum vitae.

Octava.-Aceptación de las becas.

Una vez que los beneficiarios y las beneficiarias reciban las notificaciones de concesión de las becas, le comunicarán por escrito al presidente del Consejo de la Cultura Gallega la aceptación o renuncia a ellas en un plazo de cinco días. Si transcurrido ese plazo no se hiciese manifestación expresa en ningún sentido, se entenderá como renuncia a la beca y se procederá automáticamente a la adjudicación de la ayuda a la siguiente persona aspirante en puntuación.

Novena.-Obligaciones de las beneficiarias y los beneficiarios.

Para justificar el cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la beca y la aplicación de los fondos percibidos, los beneficiarios o beneficiarias presentarán, dentro del mes siguiente a la terminación de la beca, una memoria descriptiva sobre el proyecto de investigación que están realizando.

Los beneficiarios o beneficiarias están obligados a facilitar la información que les sea requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma, el Tribunal de Cuentas y el Consejo de Cuentas, en el ejercicio de las funciones de fiscalización y control de destino de las becas.

En el momento de la justificación de la ejecución total del proyecto y, en cualquier caso, antes del último pago, el peticionario o peticionaria deberá presentar una declaración complementaria del conjunto de las ayudas solicitadas, tanto las aprobadas o concedidas como las pendientes de resolución, para un mismo proyecto, de las distintas administraciones públicas competentes o de cualquiera de sus organismos, entes o sociedades.

Décima.-Régimen de colaboración.

Las becarias y los becarios realizarán su actividad en el Consejo de la Cultura Gallega bajo la dirección de quien coordine o tutorice los proyectos.

Los becarios y las becarias permanecerán en el Consejo de la Cultura Gallega, en horario habitual de presencia de mañana o tarde.

Las becarias y los becarios desarrollarán su labor con los medios técnicos del Consejo de la Cultura Gallega. Para la utilización del material resultante de las actividades deberán contar con la autorización expresa y previa del Consejo de la Cultura Gallega.

Las becas no implican relación funcionarial ni laboral con el Consejo de la Cultura Gallega, ni compromiso que se extienda más allá de su ámbito de duración.

Undécima.-Extinción anticipada de la beca.

En el caso de que los beneficiarios o beneficiarias de las becas incumpliesen algunas de las tareas estipuladas, el Consejo de la Cultura Gallega instruirá expediente sancionador, conforme lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y podrá anular los beneficios concedidos y solicitar la devolución de las cantidades percibidas, si las hubiere, en el plazo que establece el Reglamento general de recaudación.

La solicitud de la beca implica el conocimiento y aceptación de las presentes bases.

Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de la concesión.

Duodécima.-Esta resolución, que agotará la vía administrativa, podrá ser objeto de recurso de reposición en un plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación en el Oficial de Galicia, ante el presidente del Consejo de la Cultura Gallega, según lo dispuesto en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien las personas interesadas podrán presentar directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, conforme se establece en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Decimotercera.-Para lo no regulado expresamente en estas bases se observará lo dispuesto en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y demás normativa aplicable.

Santiago de Compostela, 11 de diciembre de 2007.

Ramón Villares Paz

Presidente

ANEXO I

Dos becas para colaborar en el programa Centro

de Documentación Sociolingüística de Galicia

Estas becas tienen como finalidad colaborar en el programa Centro de Documentación Sociolingüística de Galicia, que se está desarrollando en el Consejo de la Cultura Gallega.

Requisitos específicos de las personas solicitantes:

Para solicitar las becas a que se refiere esta convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta resolución:

-Ser licenciado/a en filología gallega.

Se valorará como mérito:

-Poseer conocimientos de servicios lingüísticos o de normalización lingüística, o en actividades de dinamización lingüística y estudios o trabajos de sociolingüística gallega.

-Poseer conocimientos de Access y Excel.

-Poseer conocimientos de internet.

ANEXO II

Dos becas para colaborar en el Archivo

de la Emigración Gallega

Estas becas tienen como finalidad colaborar en el programa Archivo de la Emigración Gallega, que se está desarrollando en el Consejo de la Cultura Gallega.

Requisitos específicos de las personas solicitantes:

Para solicitar la beca a que se refiere la presente convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta resolución:

-Ser licenciado/a en geografía e historia.

Se valorará como mérito:

-Poseer conocimientos de biblioteconomía y documentación.

-Tener experiencia en estudios sobre los movimientos migratorios.

-Tener conocimientos de informática.

ANEXO III

Dos becas para participar en el programa Archivo de Comunicación

Estas becas tienen como finalidad participar en el programa Archivo de Comunicación, que se está desarrollando en el Consejo de la Cultura Gallega.

Requisitos específicos de las personas solicitantes:

Para solicitar las becas a que se refiere la presente convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta resolución:

-Ser licenciado/a en periodismo, publicidad y relaciones públicas o comunicación audiovisual.

Se valorará como mérito:

-Poseer conocimientos de análisis de contenido, catalogación y búsqueda documental.

-Poseer conocimientos informáticos y de periodismo digital.

-Poseer conocimientos en estudios de comunicación.

-Tener conocimientos de idiomas.

ANEXO IV

Dos becas para colaborar en el programa Archivo Sonoro de Galicia

Estas becas tienen como finalidad colaborar en el programa Archivo Sonoro de Galicia, que se está desarrollando en el Consejo de la Cultura Gallega.

Beca 1.

Requisitos específicos de las personas solicitantes:

Para solicitar la beca a que se refiere la presente convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta resolución:

-Tener estudios específicos de técnica/o de sonido (grado superior de técnica/o de sonido -FP u otra titulación similar).

Se valorará como mérito:

-Poseer conocimientos de programas de edición y de grabación de audio-digital.

Beca 2.

Para solicitar la beca a que se refiere la presente convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta resolución:

-Ser diplomada/o en biblioteconomía y documentación o licenciada/o en documentación.

Se valorará como mérito:

-Poseer conocimientos de catalogación en formatos Marc con materiales especiales.

-Poseer conocimientos del programa de catalogación AbsysNET.

-Poseer conocimientos de informática.

ANEXO V

Una beca para colaborar en el Área

de Documentación

Esta beca tiene como finalidad colaborar en el Área de Documentación del Consejo de la Cultura Gallega.

Requisitos específicos de las personas solicitantes:

Para solicitar la beca a que se refiere la presente convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta resolución:

-Ser diplomada/o en biblioteconomía y documentación o licenciada/o en documentación.

Se valorará como mérito:

-Poseer conocimientos de catalogación en formatos Marc con materiales especiales.

-Poseer conocimientos del programa de catalogación AbsysNET.

-Poseer conocimientos de informática.

ANEXO VI

Una beca para colaborar en el Área

de Publicaciones

Esta beca tiene como finalidad colaborar en el Área de Publicaciones del Consejo de la Cultura Gallega.

Requisitos específicos de las personas solicitantes:

Para solicitar la beca a que se refiere la presente convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta resolución:

-Ser licenciada/o en filología gallega.

Se valorará como mérito:

-Poseer conocimientos de traducción y corrección.

-Poseer conocimientos de edición de textos.

-Poseer conocimientos de informática.

ANEXO VII

Dos becas para colaborar en el área de Gestión Cultural

Estas becas tienen como finalidad colaborar en las actividades de Gestión Cultural que se están llevando a cabo en el Consejo de la Cultura Gallega.

Requisitos específicos de las personas solicitantes:

Para solicitar las becas a que se refiere la presente convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta resolución:

-Ser licenciada/o en humanidades, ciencias sociales o ciencias de la información.

Se valorará como mérito:

-Poseer conocimientos de gestión cultural.

-Poseer conocimientos de informática.

-Tener conocimientos de idiomas.

ANEXO VIII

Dos becas para colaborar en el web corporativo

del Consejo de la Cultura Gallega

Estas becas tienen como finalidad colaborar en la elaboración, planificación, gestión y producción de los sitios web del Consejo de la Cultura Gallega.

Beca 1.

Requisitos específicos de las personas solicitantes:

Para solicitar la beca a que se refiere la presente convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta resolución:

-Ser licenciada/o en periodismo, publicidad y relaciones públicas o comunicación audiovisual.

Se valorará como mérito:

-Poseer conocimientos de edición de web, tratamiento de imágenes digitales y vídeo digital.

-Poseer conocimientos de informática.

-Tener conocimientos de periodismo digital.

-Tener conocimientos de idiomas.

Beca 2.

Para solicitar la beca a que se refiere la presente convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta resolución:

-Titulación FP2 - Informática

Se valorará como mérito:

-Poseer conocimientos de redes corporativas, servidores y mantenimiento de equipos.

-Poseer conocimientos de gestión de intranets, aplicaciones de bancos de datos y lenguaje QSL.

ANEXO IX

Una beca para colaborar en el área de Informes

Esta beca tiene como finalidad colaborar en las actividades del área de Informes que se están llevando a cabo en el Consejo de la Cultura Gallega.

Requisitos específicos de las personas solicitantes:

Para solicitar la beca a que se refiere esta convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base de esta resolución:

-Ser licenciada/o en matemáticas, en sociología, en psicología o ciencias económicas.

Se valorará como mérito:

-Poseer conocimiento de métodos de investigación social.

-Poseer conocimiento de Excel.

-Poseer conocimiento de SPSS.

ANEXO X

Una beca para colaborar en el proyecto Sarmiento

Esta beca tiene como finalidad colaborar en el proyecto para la edición de la obra de Martín Sarmiento, que se está desarrollando en el Consejo de la Cultura Gallega.

Requisitos específicos de las personas solicitantes:

Para solicitar la beca a que se refiere esta convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos en la base cuarta de esta resolución:

-Ser licenciado/a en filología gallega.

Se valorará como mérito:

-Poseer experiencia en edición y revisión de textos.

-Tener conocimientos de informática.

Documentación presentada

Procedimiento.

Becas de colaboración en proyectos de investigación que se están desarrollando en el Consejo de la Cultura Gallega

-Certificación académica personal completa en la que consta la nota media numérica.

-Curriculum vitae, acompañado de cuantos documentos puedan avalarlo.

-Fotocopia del DNI o pasaporte.

-Declaración jurada de no haber sido separado/a del servicio de ninguna administración ni institución pública a consecuencia de expediente disciplinario, así como de no desempeñar actividad profesional remunerada por cuenta propia o ajena, ni beneficiarse de becas o ayudas equiparables a las convocadas.