El artículo 40 de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de puertos del Estado y de la marina mercante dispone que la separación de los vocales de los consejos de administración de las autoridades portuarias de los puertos de interés general será acordada por el órgano competente de la comunidad autónoma a propuesta de las organizaciones, organismos y entidades a las que representen aquéllos.
Por lo expuesto, y en ejercicio de las facultades que me fueron atribuidas por el Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día 10 de enero de 2002,
DISPONGO:
El cese de los siguientes vocales, designados en representación de la Xunta de Galicia, de los consejos de administración de las autoridades portuarias, agradeciéndoles los servicios prestados.
-En la autoridad portuaria de San Cibrao-Ferrol y su ría:
Ramón Saúl Lueje Espina.
-En la autoridad portuaria de Vilagarcía de Arousa y su ría:
José Carlos Álvarez Villamarín.
-En la autoridad portuaria de Marín y ría de Pontevedra:
Pablo Riera Táboas.
-En la autoridad portuaria de Vigo y su ría:
Javier Riera Nieves.
Luis Espada Recarey.
Santiago de Compostela, 20 de diciembre de 2007.
María José Caride Estévez
Conselleira de Política Territorial, Obras Públicas
y Transportes
b) NOMBRAMIENTOS PRESIDENCIA

