La normativa vigente que establece el precio del gas propano canalizado lo fija en euros/kilogramo (/kg).
No obstante, la medición del gas consumido se realiza por contador en metros cúbicos (m³), por lo que se hace necesaria la utilización de un factor de conversión de m³ a kg, siendo ésta en función de la densidad del gas, de las presiones atmosférica y relativa del gas y de la temperatura.
Para el cálculo de los factores de conversión se consideró la presión atmosférica como factor suficientemente relevante, estableciendo para eso tres rangos de altitud sobre el nivel del mar, en metros.
En base a lo anteriormente señalado y de acuerdo con las competencias atribuidas en el Decreto 231/2006, de 23 de noviembre, por lo que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Innovación e Industria, esta dirección general
RESUELVE:
Primero.-Aprobar los factores de conversión de metros cúbicos a kilogramos en las lecturas de contadores de consumo doméstico de gas propano canalizado para la presión de 150 gramos/centímetro cuadrado (g/cm²) que quedan establecidos en las siguientes cuantías:
Ver referencia pdf "00100D008P047.PDF"
Segundo.-Publicar esta resolución para general conocimiento en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 21 de noviembre de 2007.
Anxo Ramón Calvo Silvosa
Director general de Industria, Energía y Minas

