El Decreto 164/2005, de 16 de junio, crea el registro telemático de la Xunta de Galicia, que permite la presentación por vía telemática de solicitudes, escritos y comunicaciones. La presente orden incluye en el anexo VII del Decreto 164/2005, de 16 de junio, nuevos procedimientos, a fin de continuar impulsando el empleo de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos en el desarrollo de la actividad de la Xunta de Galicia y en el ejercicio de sus competencias.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2º y disposición adicional primera b) y final primera del Decreto 164/2005, de 16 de junio, por el que se regulan y determinan las oficinas de registro propias o concertadas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, se crea el registro telemático de la Xunta de Galicia y se regula la atención al ciudadano,
DISPONGO:
Artículo único.
1. Se incluyen en el anexo VII del Decreto 164/2005, de 16 de junio (procedimientos para los que está habilitado el registro telemático de la Xunta de Galicia) y quedan, pues, habilitados con los efectos previstos en su artículo 5.1º, los siguientes procedimientos:
-MR239M: solicitud de pagos adicionales a la producción de carne de vacuno de calidad reconocida oficialmente.
-MR241C: solicitud a la reserva nacional de derechos del régimen de pago único.
-MR450A: ayudas agroalimentarias.
-MR450B: ayudas de bienestar animal.
-MR450C: contrato de explotación sostenible.
2. Los procedimientos para la tramitación electrónica estarán disponibles en la dirección:
http://www.xunta.es/servicios/
Disposición final
Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 28 de diciembre de 2007.
José Luis Méndez Romeu
Conselleiro de Presidencia, Administraciones
Públicas y Justicia

