Advertidos errores en el texto de la citada orden, publicada en el Diario Oficial de Galicia nº 9, del 14 de enero de 2008, es necesario hacer las siguientes correcciones:
-En la página 832, en el artículo 4º denominado Ámbito temporal, donde dice: «Las ayudas a que se refiere la presente orden comprenden los daños producidos por el lobo desde el 1 de octubre de 2007 hasta el 30 de noviembre de 2008», debe decir: «Las ayudas a que se refiere la presente orden comprenden los daños producidos por el lobo desde el 1 de octubre de 2007 hasta el 30 de septiembre de 2008».
-En la página 832, en el apartado segundo del artículo 5º, donde dice: «Dado que la cobertura de los daños amparados por esta orden sólo es hasta el 30 de noviembre de 2008, los daños producidos desde el 1 de diciembre », debe decir: «Dado que la cobertura de los daños amparados por esta orden sólo es hasta el 30 de septiembre de 2008, los daños producidos desde el 1 de octubre...».
-En la página 832, en el apartado tercero del artículo 5º, donde dice: «Las comunicaciones de daños a partir del 1 de diciembre de 2008 », debe decir: «Las comunicaciones de daños a partir del 1 de octubre de 2008 ».
-En la página 832, en el apartado segundo del artículo 6, donde dice: «Las solicitudes de ayuda correspondientes a los daños producidos entre el 1 de octubre de 2007 y el 31 de diciembre de ese año se cursarán dentro del mes de enero de 2008», debe decir: «Las solicitudes de ayuda correspondientes a los daños producidos entre el 1 de octubre de 2007 y el 31 de diciembre de 2007 se cursarán dentro de los 30 días siguientes al de la publicación de la presente orden».

