La Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, en su artículo 51, establece las obligaciones de que los precios privados se fijen por las consellerías correspondientes, previo informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda, y de que tales precios se publiquen en el Diario Oficial de Galicia.
En cumplimiento de este mandato legal, y una vez emitido el preceptivo informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda, esta consellería
DISPONE:
Artículo único.
1. Queda aprobado el precio de venta al público de las publicaciones editadas por el Instituto Energético de Galicia que se consignan en el anexo a esta orden.
2. En el precio se encuentra incluido el impuesto sobre el valor añadido.
Santiago de Compostela, 27 de diciembre de 2007.
Fernando X. Blanco Álvarez
Conselleiro de Innovación e Industria
ANEXO
-Guía para a selección do equipamento e o deseño de edificios con criterios enerxéticos: 16 euros.
-Balance enerxético de Galicia 2005: 10 euros.

