El Ayuntamiento de Pontevedra remite el proyecto de modificación puntual referido, para su aprobación definitiva, conforme al artículo 85.5º de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia con las modificaciones derivadas de la Ley 15/2004, de 29 de diciembre.
I. Antecedentes.
1. El Ayuntamiento de Pontevedra dispone en la actualidad del PGOU aprobado el 19-12-1989. El ámbito B-1 de referencia, ya fue objeto de otra modificación puntual aprobada definitivamente por el ayuntamiento en fecha 23-2-2002.
2. En fechas de 27-9-2005 y 28-6-2006, la Dirección General de Urbanismo emitió informes de aprobación inicial de acuerdo con el artículo 85 de la Ley 9/2002.
3. La modificación puntual fue aprobada inicialmente por el Pleno en sesión de 20 de octubre de 2006. Fue sometido a información pública mediante publicación de anuncios en dos diarios de los de mayor difusión de la provincia y mediante publicación en el BOP nº 216, 10 de noviembre y en el DOG nº 233, del 4 de diciembre de 2006.
4. Según consta en el expediente, fueron emitidos los siguientes informes sectoriales:
a) Informe de 13 de septiembre de 2005, de la Dirección General de Desarrollo Sostenible de la Consellería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, en el que se señala que dicha modificación no produce efectos significativos en la sostenibilidad de su entorno de afectación.
b) Informe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia del Ministerio de Fomento de fecha enero de 2007.
c) Decisión de 22 de marzo de 2007, de la Dirección General de Desarrollo Sostenible, sobre la no necesidad de evaluación ambiental estratégica del 2º proyecto de modificación puntual.
d) Informes de Aguas de Galicia de la Consellería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible de fechas 6 de marzo, 30 de mayo y 22 de junio de 2007.
e) Informe de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consellería de Cultura y Deporte de 12 de diciembre de 2007.
5. Informes municipales previos a la aprobación provisional: técnico de fecha 27-9-2007 y jurídico de fecha 25-9-2007.
6. Fue aprobada provisionalmente por el Pleno en sesión de 29 de septiembre de 2007.
7. El 11 de diciembre de 2007, la Delegación Provincial de Pontevedra de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes remitió al Ayuntamiento de Pontevedra un escrito en el que se señalaba la necesidad de emendar la documentación remitida.
8. El Ayuntamiento de Pontevedra, en sesión celebrada el 21-12-2007, aprobó un anexo a la modificación puntual del PGOU, para aclaración de las observaciones efectuadas por la CPTOPT en informe de 11-12-2007.
II. Consideraciones y fundamentación.
Con fecha de 11-1-2008, la Dirección General de Urbanismo elevó un informe-propuesta de resolución, en el que se expresa lo siguiente:
1. Las razones de interés general en las que se fundamenta la formulación de la modificación, de acuerdo con el artículo 94.1º de la Ley 9/2002 son las de incremento de los usos necesarios de vivienda de protección oficial aumentando la edificabilidad y la reordenación del viario previsto por el PGOU modificando el ámbito del polígono B-1, encaminándose así a obtener los objetivos que en dicho artículo se citan.
2. La modificación tiene por finalidad:
a) Redefinición del polígono B-1, incluyendo cambio de edificabilidad y ordenación detallada de los usos de suelo:
-Ámbito B-1-1: aumento de la edificabilidad de 0,4 m2/m2 a 0,55 m2/m2 y de la densidad de viviendas de 35 viv/h a 42 viv/h.
-Ámbito B-1-2: incorporación de dicho ámbito a la delimitación del polígono transformando el viario del suelo urbano a viario, zona verde y edificación existente del suelo urbanizable delimitado con incremento de edificabilidad y densidad propuestas.
-Ámbito B-1-3: exclusión de dicho ámbito de la delimitación del polígono transformando el suelo urbanizable delimitado de uso residencial a suelo urbano de uso industrial, variando la edificabilidad de 0,4 m2/m2 a 1,20 m2/m2 y las condiciones de ordenación.
b) Reordenación de los usos de suelo y de la distribución de la edificabilidad prevista en el suelo urbano consolidado situado entre la avenida de Lugo y el polígono B-1:
-Ámbito A-1: cambio de ubicación de las superficies previstas en PGOU de zona verde, viario y residencial del suelo urbano consolidado.
3. El proyecto se ajusta a las cuestiones que fueran indicadas en el informe previo a la aprobación inicial y en el escrito de 11-12-2007, por lo que no se detectan en él deficiencias que impidan su aprobación.
II.3. De conformidad con los artículos 89 y 93.4º de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, y con el artículo 1 del Decreto 519/2005, de 6 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes, la competencia para resolver sobre la aprobación definitiva de las modificaciones puntuales de los planes generales de ordenación municipal le corresponde a la conselleira de Política Territorial, Obras Públicas y Transportes.
III. Resolución:
Visto cuanto antecede,
RESUELVO:
Primero.-De acuerdo con el punto 5º a) del artículo 85 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, aprobar definitivamente la modificación puntual del PGOU en Valdecorvos con ordenación detallada V-2 del Ayuntamiento de Pontevedra.
Segundo.-Contra esta orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente al de su publicación, según disponen los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Tercero.-De conformidad con lo dispuesto por los artículos 92 de la Ley 9/2002 y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, el ayuntamiento deberá publicar en el BOP la normativa y ordenanzas de la modificación aprobada definitivamente.
Cuarto.-Notifíquese esta orden al ayuntamiento y publíquese en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 11 de enero de 2008.
María José Caride Estévez
Conselleira de Política Territorial, Obras Públicas
y Transportes

