Advertidos errores en el decreto antes citado, publicado en el Diario Oficial de Galicia nº 6, del 9 de enero de 2008, es necesario hacer las siguientes correcciones:
-En la página 438, en el punto 1.1, donde dice: «-Control metrológico en la fase de instrumentos en servicio, en aplicación de la verificación », debe decir: «-Control metrológico en la fase de instrumentos en servicio, en lo que se refiere a la verificación ».
-En la página 439, en el punto 4.1, donde dice: «-Controlar que los instrumentos de medida , se comercialicen o se pongan en servicio según proceda.», debe decir: «-Controlar que los instrumentos de medida , no se comercialicen ni se pongan en servicio, según proceda».
-En la página 439, en el punto 4.3, donde dice: «Las acciones de vigilancia e inspección , en virtud de acuerdos », debe decir: «Las acciones de vigilancia e inspección , o en virtud de acuerdos ».

