DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 50 Martes, 11 de marzo de 2008 Pág. 4.135

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y JUSTICIA

RESOLUCIÓN de 7 de marzo de 2008, de la Secretaría General de Emigración, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes del programa de ayudas para la participación en actividades de campamentos y campos de trabajo dirigidos a chicos y chicas de origen gallego o descendientes de gallegos y que residan en el exterior, previsto en la Resolución de 1 de febrero de 2008.

Mediante Resolución de 1 de febrero de 2008 (Diario Oficial de Galicia nº 29, del 11 de febrero), la Secretaría General de Emigración convoca y regula, para el ejercicio 2008, el programa de ayudas para la participación en actividades de campamentos y campos de trabajo dirigidos a chicos y chicas de origen gallego o descendientes de gallegos y que residan en el exterior.

La publicación de esta resolución con casi un mes de antelación a la realizada en el ejercicio 2007 está a dificultar la presentación de solicitudes en aquellos países de Latinoamérica para los que el mes de febrero es de escasa actividad laboral y se encuentran en periodos vacacionales.

En consecuencia, y a la vista del número mínimo de solicitudes presentadas y registradas en las entidades colaboradoras, a fin de facilitar a los interesados la presentación de las solicitudes y acompañar la documentación correspondente y de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, el secretario general de Emigración, en virtud de las comptencias que tiene atribuidas,

ACUERDA:

Artículo único.-Ampliar, hasta el 18 de marzo de 2008, el plazo de presentación de solicitudes para las ayudas para la participación en actividades de campamentos y campos de trabajo dirigidos a chicos y chicas de origen gallego o descendientes de gallegos y que residan en el exterior reguladas en la Resolución de 1 de febrero de 2008.

Contra este acuerdo de ampliación del plazo no cabe recurso alguno, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.3º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Disposición final

Primera.-Esta resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 7 de marzo de 2008.

Manuel Luís Rodríguez González

Secretario general de Emigración