En el uso de las competencias sobre prestaciones económicas de la Seguridad Social gestionadas en esta delegación provincial, reguladas por el Real decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio y, en virtud de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, al haber sido devueltas por el servicio de correos las notificaciones, se requiere a los citados en el anexo para que en el plazo de diez (10) días, contados desde el día siguiente a la fecha de publicación de este edicto, comparezcan, personalmente o debidamente representados, en la Delegación Provincial de la Igualdad y del Bienestar en Vigo (Pontevedra); se les advierte que, de no hacerlo así, se tendrán por notificados con los efectos que correspondan.
Vigo, 29 de febrero de 2008.
Francisco Javier Verea Argibay
Delegado provincial de Pontevedra
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