DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 67 Martes, 08 de abril de 2008 Pág. 5.983

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y JUSTICIA

RESOLUCIÓN de 28 de marzo de 2008, de la Secretaría General de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, por la que se da publicidad a los empleados públicos de la campaña de vigilancia periódica de la salud en el ámbito de la Administración general de la Xunta de Galicia para el año 2008.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, modificada por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales, el empresario garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo.

En cumplimiento de la Ley de prevención de riesgos laborales, el Decreto 578/2005, de 29 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, establece en el artículo 8.2º.2 de la sección 3ª que el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Xunta de Galicia realizará, entre otras funciones, la vigilancia de la salud en relación con los riesgos derivados del trabajo.

En base a lo anteriormente expuesto se publica la presente convocatoria de campaña de la vigilancia periódica de la salud en el ámbito de la Administración general de la Xunta de Galicia para el año 2008, de acuerdo con las siguientes premisas:

Primera.-Objeto.

Prestación de la vigilancia de la salud a los empleados públicos en función de los riesgos inherentes al trabajo según lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.

Segunda.-Ámbito de aplicación.

Es aplicable a todos los trabajadores de la Administración general de la Xunta de Galicia exceptuando el personal que presta servicios en los centros docentes de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, personal y centros dependientes del Servicio Gallego de Salud, y personal de entes públicos y fundaciones, que deben contar con sus servicios de prevención conforme a la normativa en vigor.

Tercera.-Inscripción.

La inscripción previa se realizará de forma telemática en el formulario de petición de reconocimiento anual que se puede encontrar en la página web de la Xunta de Galicia (Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia-Servicio de Prevención de Riesgos Laborales). A este respecto deben observarse las siguientes indicaciones:

2.1. La vigilancia de la salud es un derecho del trabajador, por lo que, como principio general, tendrá que contar con su consentimiento. No serán citados aquellos trabajadores no inscritos en tiempo y forma.

2.2. La inscripción debe incluir todos los datos que figuren en el formulario. La falta de alguno de ellos impedirá su inscripción.

2.3. Los trabajadores que no dispongan de conexión a intranet/internet, solicitarán la inscripción mediante el formulario que figura en el anexo del DOG una vez cumplimentado por los trabajadores, y enviado por correo ordinario al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales (edificio administrativo San Caetano, s/n, CP 15781).

2.4. El plazo de inscripción terminará transcurridos quince días a partir del día siguiente a la publicación de la resolución en el DOG, excepto personal de nueva incorporación y personal que se incorpore al trabajo tras una ausencia prolongada por motivos de salud.

Cuarta.-Citaciones.

Los trabajadores inscritos en tiempo y forma serán convocados con la antelación suficiente, indicándose la fecha y la hora de su comparecencia. La falta de asistencia a la cita implicará, excepto causa de fuerza mayor suficientemente justificada, que el trabajador renuncia a su derecho.

Quinta.-Resultados y entrega de los informes de la vigilancia de la salud.

Los resultados de la vigilancia de la salud, formalizados en el protocolo al efecto y suscritos por el facultativo que realizó el reconocimiento médico, tienen carácter personal y reservado, y la entrega se hará en sobre cerrado.

La entrega del sobre se hará personalmente a cada trabajador.

Santiago de Compostela, 28 de marzo de 2008.

Santiago A. Roura Gómez

Secretario general de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

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