El Decreto 164/2005, de 16 de junio, crea el Registro Telemático de la Xunta de Galicia, que permite la presentación por vía telemática de solicitudes, escritos y comunicaciones. Esta orden incluye en el anexo VII del Decreto 164/2005, de 16 de junio, nuevos procedimientos, a fin de continuar impulsando el empleo de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos en el desarrollo de la actividad de la Xunta de Galicia y en el ejercicio de sus competencias.
De conformidad con el dispuesto en el artículo 2.2º y la disposición adicional primera b) y final primera del Decreto 164/2005, de 16 de junio, por lo que se regulan y determinan las oficinas de registro propias o concertadas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, se crea lo Registro Telemático de la Xunta de Galicia y se regula la atención al ciudadano,
DISPONGO:
Artículo único.
1. Se incluyen en el anexo VII del Decreto 164/2005, de 16 de junio (procedimientos para los que está habilitado el Registro Telemático de la Xunta de Galicia), y quedan pues, habilitados con los efectos previstos en su artículo 5.1º, los siguientes procedimientos:
* IN 514B Subvenciones a pequeñas y medianas empresas gallegas para apoyar a lass acciones de implantación y certificación de modelos de gestión y la elaboración y verificación de memorias de responsabilidad social empresarial, y selección de entidades colaboradoras que participarán en la gestión de las mismas.
2. El procedimiento para la tramitación electrónica estará disponible en la dirección http://www.xunta.es/servicios/
Disposición final
Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 11 de abril de 2008.
José Luis Méndez Romeu
Conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

