Los comités éticos de investigación clínica son los encargados de emitir informe sobre todos los ensayos clínicos que se realicen dentro de su ámbito territorial. Los ensayos clínicos y los comités éticos de investigación clínica se regulan en la Comunidad Autónoma por el Decreto 32/1996, de 25 de enero, y por el Real decreto 223/2006, de 6 de febrero y Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional d elos medicamentos y productos sanitarios.
La Orden de 11 de julio de 1996, por la que se crea el Comité Ético de Investigación Clínica de Galicia, en su artigo 3, dispone que la composición del comité se ajustará a lo establecido en el Decreto 32/1996 y sus miembros serán nombrados por orden de la Consellería de Sanidade.
En consecuencia, en virtud de las facultades que me confiere el artículo 38 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, reformada por la Ley 11/1988, de 20 de octubre, la Orden de 11 de julio de 1996 y la disposición adicional primera del Decreto 32/1996, de 25 de enero, por el que regula la realización de ensayos clínicos en la Comunidad Autónoma de Galicia, por propuesta de la Subdirección General de Farmacia y Productos Sanitarios del Servicio Gallego de Salud,
DISPONGO:
Artículo único.-Cesan, a petición propia, como miembros del Comité Ético de Investigación Clínica de Galicia, creado por la Orden de 11 de julio de 1996, las personas que se relacionan en el anexo.
Santiago de Compostela, 22 de abril de 2008.
María José Rubio Vidal
Conselleira de Sanidad
ANEXO
Personas que cesan como miembros del CEIC de Galicia:
-María Isabel Cadavid Torres, catedrática de Farmacología de la Universidad de Santiago de Compostela.
-María Teresa Chuclá Cuevas, farmacéutica jefa del Servicio de Farmacia del Complejo Hospitalario Universitario de Santiago de Compostela.
b) NOMBRAMIENTOS CONSELLERÍA DE SANIDAD

