En aplicación de lo establecido en la disposición transitoria tercera del decreto 64/2008, de 27 de marzo, y con el fin de que los submarinistas titulados al amparo de la normativa anterior no vean paralizada su actividad profesional de extracción de recursos por cambios experimentados en la modalidad de concesión, esta consellería, en uso de las facultades que le otorga la disposición final tercera de dicho decreto,
Autoriza a la Dirección General de Innovación y Desarrollo Pesquero para que programe y realice la formación necesaria, con el fin de que los titulados al amparo de la normativa anterior de recolector en apnea o submarino puedan completar su formación para la obtención del certificado de profesionalidad de recolector de recursos específicos con técnicas de submarinismo, mientras dure la tramitación de la orden reglamentaria.
Santiago de Compostela, 12 de mayo de 2008.
Carmen Gallego Calvar
Conselleira de Pesca y Asuntos Marítimos

