Advertido error en la citada resolución publicada en Diario Oficial de Galicia número 9, del lunes 14 de enero de 2008, es necesario realizar la siguinte corrección:
-En la página 864, columna derecha, cláusula 7ª, apartado a), punto tercero,
Donde dice: «-Justificantes, originales o copias compulsadas, de los gastos imputados a la actividad objeto de la subvención, por importe igual o superior a la subvención concedida. (Sobre este aspecto, las entidades adjudicatarias de la modalidad C.2 deberán justificar para su cobro el 100% de los gastos efectivamente realizados, sobre la base del porcentaje máximo que el IGAEM subvenciona con respecto del coste total del proyecto de distribución presentado.)»; debe decir: «-Justificantes, originales o copias compulsadas, de los gastos imputados a la actividad objeto de la subvención, por importe igual o superior a la subvención concedida. Las entidades adjudicatarias de la modalidad C.2 deberán justificar para su cobro el 100% de los gastos efectivamente realizados, sobre la base del porcentaje máximo que el IGAEM subvenciona con respecto del coste total del proyecto de distribución presentado. Las entidades adjudicatarias de la modalidad C.4. estarán exentas de la presentación de
esta documentación.».

