Mediante Resolución de fecha 22 de mayo de 2008, el conselleiro de Innovación e Industria dictó resolución por la que se establece una prelación de solicitudes al amparo de la Orden de 4 de febrero de 2008 que tiene por objeto regular las condiciones para la elaboración de una prelación, en régimen de concurrencia competitiva, de los polígonos industriales o parques empresariales en los ayuntamientos solicitantes de la Comunidad Autónoma de Galicia en los que la Consellería de Innovación e Industria va a proceder al desarrollo de redes de telecomunicaciones sin hilos de acceso a internet de banda larga, en el marco del Plan estratégico gallego de la sociedad de la información y se procede a su convocatoria.
El órgano instructor del procedimiento administrativo establecido en la citada orden reguladora revisó las solicitudes presentadas al amparo de dicha orden, identificando tanto las solicitudes que se presentaron sin errores y disponen de toda la documentación preceptiva, como aquellas solicitudes en las que no se reúne alguno de los requisitos exigidos.
Según lo previsto en el artículo 12 de la orden de convocatoria, para subsanar los defectos presentados en sus solicitudes, se procedió al requerimiento de documentación necesaria mediante Resolución de 17 de abril de 2008 (publicada en el DOG del 28 de abril), indicándoseles a los solicitantes que en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el DOG, subsanen la falta o entreguen los documentos preceptivos. En la citada resolución se indicaba expresamente a los solicitantes sujetos a enmienda de documentación que, de no hacerlo, se daría por desistido en su petición, después de la correspondiente resolución que sería dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por la que se regula el régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. El plazo para la presentación de la enmienda de documentación finalizó el 10 de mayo de 2008.
En el apartado 4º del artículo 12 también se dispone: «Una vez revisadas las solicitudes y las enmiendas hechas, aquellos expedientes administrativos que reúnan todos los requisitos y la documentación necesaria serán remitidos a la comisión encargada de su valoración.
Según lo establecido en el artículo 13 de dicha orden, las solicitudes fueron valoradas por la comisión constituida a tal efecto el 31 de marzo de 2008, que siguiendo los criterios establecidos en el artículo 14 de la Orden de 4 de febrero de 2008, propuso la prelación de los parques industriales y de los polígonos industriales seleccionados de los distintos ayuntamientos solicitantes que figura como anexo I «Relación de solicitudes seleccionadas» y anexo II «Relación de solicitudes no seleccionadas» indicando los motivos de exclusión.
En su virtud,
RESUELVO:
1. Ordenar la publicación de la relación de solicitudes que, en función de las disponibilidades presupuestarias, reúnen todos los requisitos para su concesión, según lo establecido en la orden reguladora citada. Esta relación se acerca como «anexo I, Relación de solicitudes seleccionadas» de la presente resolución.
2. Ordenar la publicación de la relación de solicitudes que no reúnen los requisitos para ser seleccionadas. Esta relación se adjunta como «anexo II, Relación de solicitudes no seleccionadas» de la presente resolución.
3. Todos los solicitantes que se recogen en los anexos podrán obtener información detallada de su resolución una vez se publique la resolución en el DOG accediendo al Tablón electrónico disponible en la página web de la Consellería de Innovación e Industria, en la dirección:
http://www.xunta.es/apps/axudas/login.do?cod_cons=IN&cod_proc=527A
Los solicitantes cuya solicitud no haya sido seleccionada también podrán obtener información detallada de las causas de denegación accediendo al Tablón electrónico disponible en la página web de la Consellería de Innovación e Industria, en la dirección:
http://www.xunta.es/apps/axudas/login.do?cod_cons=IN&cod_proc=527A
El acceso a dicha dirección también se puede hacer desde la dirección de internet http://www.conselleriaiei.org, seleccionando la Oficina Virtual, para a continuación acceder a la aplicación Internet Expres y dentro de esta, seleccionando el procedimiento IN527A.
Para el acceso al contenido del Tablón electrónico cada solicitante deberá introducir el código electrónico facilitado por esta dirección general, lo que garantiza la confidencialidad del acceso a la información.
4. En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información se podrán dirigir a la Dirección General de Promoción Industrial y de la Sociedad de la Información, a través de los teléfonos 981 95 74 56 o 981 54 55 89, del número de fax 981 54 47 06 o de la dirección de correo electrónico axudas.dxpisi@xunta.es.
Santiago de Compostela, 23 de mayo de 2008.
P.D. (Orden 31-1-2006, DOG nº 24, del 3 de febrero)
Emilio Nogueira Moure
Secretario xeral da Consellería de Innovación
e Industria
Ver referencia pdf "10800D009P061.PDF"

