En virtud de la Orden de 26 de marzo de 2008 (DOG del 3 de abril), por la que se convocan estancias formativas en empresas o instituciones para el curso 2007-2008 destinadas al funcionariado docente no universitario y por la que se aprueban sus bases de concesión, y de conformidad con la propuesta de la comisión de selección prevista en el punto séptimo de la citada orden,
RESUELVO:
Primero.-Autorizar las estancias formativas en empresas o instituciones para el curso 2007-2008 que figuran en el anexo I de esta orden.
Segundo.-No autorizar las estancias formativas en empresas o instituciones que figuran en el anexo II de esta orden por las razones que en el mismo se indican.
Tercero.-Informar de que as bolsas de asistencia por día que percibirán los profesores seleccionados están cofinanciadas en un 80% por el Fondo Social Europeo.
Cuarto.-Contra la presente orden los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la conselleira de Educación y Ordenación Universitaria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o podrán formular directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdición contencioso-administrativa, ante la sala de lo contencioso-administrativo do Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
Santiago de Compostela, 9 de junio de 2008.
Laura Sánchez Piñón
Conselleira de Educación y Ordenación Universitaria
Ver referencia pdf "11700D006P009.PDF"

