El artículo 39 del Estatuto de autonomía para Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril (BOE del 28 de abril), establece que le corresponde a la comunidad autónoma crear y estructurar su propia Administración pública dentro de los principios generales y normas básicas del Estado.
La Xunta de Galicia goza, en virtud de lo dispuesto en el artículo 20.1º del Estatuto de autonomía para Galicia y de los reales decretos 233/1998, de 16 de febrero, 2166/1994, de 4 de noviembre, y 2397/1996, de 22 de noviembre, sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Galicia de funciones de la Administración del Estado en materia de provisión de medios personales, materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de Justicia, de amplias competencias en materia de justicia. Pero el conjunto de competencias reconocidas a la Xunta de Galicia no agota los ámbitos de actuación posibles en esta materia, donde la pluralidad de agentes que intervienen y la heterogeneidad de sus dependencias orgánica, territorial y funcional, se configuran como uno de sus elementos caracterizadores básicos.
La Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia desea convertir esa pluralidad en oportunidad de cara a la mejora de una Administración de justicia orientada al servicio a la ciudadanía y considera que uno de los mecanismos para lograrlo es la elaboración de un documento en cuya elaboración participen todos los sectores implicados y que sirva a efectos de constituir el modelo de referencia en la evolución de las políticas básicas en materia de justicia en nuestra comunidad y, en su caso, más allá de ella.
En su virtud y en el uso de las competencias atribuídas en el Decreto 37/2007, de 15 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia,
DISPONGO:
Primero.-Creación.
Se constituye la comisión para el estudio y preparación del Libro blanco de la justicia en Galicia.
Segundo.-Objeto.
La comisión tendrá como objeto el estudio y el diagnóstico sobre la situación de la justicia en Galicia y la elaboración de un Libro blanco de la justicia como documento de referencia en políticas públicas en materia de justicia.
Tercero.-Composición.
Estará compuesta por el presidente y los vocales que a continuación se designan:
Presidente: José Luis Méndez Romeu, conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia.
Vocales:
-Santiago Antonio Roura Gómez, secretario general de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia.
-Begoña Santos Fernández, directora general de Justicia.
-María Isabel Durántez Gil, directora general de Interior.
-Luis Javier Mosquera Docampo, subdirector general de Relaciones y Recursos Humanos de la Administración de Justicia.
-Miguel Formoso Sobrado, subdirector general de Planificación Presupuestaria, Medios y Nuevas Tecnologías de la Administración de Justicia.
-Antonio González Nieto, presidente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
-Antonio Fraga Mandián, juez decano de A Coruña.
-Jaime Bardají García, magistrado juez decano de Vigo.
-Ángel Judel Prieto, magistrado presidente de la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de A Coruña.
-Raquel Naveiro Santos, magistrada jueza del Juzgado Social nº 1 de A Coruña.
-Miguel Aramburu García-Pintos, magistrado juez del Juzgado de lo Penal nº 2 de Vigo.
-Magdalena Fernández Soto, Asociación Jueces para la Democracia.
-Antonio Piña Alonso, magistrado, Asociación Profesional de la Magistratura.
-Lorenzo del Río Fernández, magistrado, Asociación de Jueces y Magistrados Francisco de Vitoria.
-Juan José Reigosa González, magistrado, Foro Independiente de Jueces.
-Carlos Varela García, fiscal superior de Galicia.
-Mª Esther Fernández García, fiscal jefa provincial de A Coruña.
-Juan Carlos Horro González, fiscal jefe de área de Vigo.
-David de la Fuente Valdés, fiscal, Asociación Profesional e Independiente de Fiscales.
-Pilar Fernández Valcárcel, fiscal, Unión Progresista de Fiscales.
-José Luis Conde Salgado, teniente fiscal, Asociación de Fiscales.
-Agustín Pena López, secretario de Gobierno del TSJG.
-Asunción Barro Calle, secretaria judicial, Colegio Nacional de Secretarios Judiciales.
-Ana Mª Varela Puga, secretaria judicial, Unión Progresista de Secretarios Judiciales.
-Mº del Carmen Vázquez Zárate, secretaria judicial, Asociación Gallega de Secretarios Judiciales.
-Xosé Antón López Graña, avogado, presidente del Consejo de la Abogacía Gallega.
-Fernando Pantín Maneiros, avogado, secretario del Consejo de la Abogacía Gallega.
-José Portela Leirós, procurador, decano del Colegio Procuradores de Pontevedra.
-Javier Carlos Sánchez García, decano del Colegio de los Procuradores de A Coruña.
-Román Iglesias Fernández, Asociación de Jueces de Paz.
-Manuel Tejada Vidal, cuerpo de tramitación de la Administración de Justicia, Organización Sindical SPJ-USO.
-Jesús Rodríguez Villares, cuerpo de gestión de la Administración de Justicia, Organización Sindical UXT.
-José Jaime Meilán Rois, cuerpo de gestión de la Administración de Justicia, Organización Sindical CC.OO.
-Manuel Díaz Mato, cuerpo de gestión de la Administración de Justicia, Organización Sindical CSIF.
-Delmiro Durán Garrido, cuerpo de gestión de la Administración de Justicia, Organización Sindical CIG.
-Julio Ignacio Iglesias Redondo, profesor de Derecho Civil USC.
-Rafael Jimenez Asensio, profesor de Derecho Constitucional UPF.
-Maria José López, abogada ex-conselleira de Justicia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, diputadadel Parlamento de Andalucía.
-Víctor Moreno Catena, catedrático de Derecho Procesual UCIII-Madrid.
-Ángel Carracedo Álvarez, catedrático de Medicina Legal USC.
-Santos Pastor Prieto, catedrático de Economía UCM.
La comisión contará con un secretario/a que será designado por el presidente de enter los miembros de esta.
Cuarto.-Funcionamiento.
Para dar cumplimento de su objeto, la comisión establecerá el calendario de sesiones, el método de trabajo y, en general, decidirá todos aquellos aspectos que considere necesarios para el buen fin de la comisión.
Asimismo, la comisión, de entre sus miembros, podrá constituír cuantos grupos de trabajo o comisiones sectoriales considere necesario para el mejor desarrollo de sus tareas.
Quinto.-Infraestructura y medios.
La Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia será la encargada de proveer los medios materiales y personales requeridos para desarrollar los trabajos de la comisión.
Los miembros de la comisión percibirán las indemnizacións que les correspondan, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 144/2001, de 7 de junio sobre indemnizaciones por razón de servicio al personal destinado en la Administración autonómica de Galicia.
Sexto.-Entrada en vigor.
Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 20 de junio de 2008.
José Luis Méndez Romeu
Conselleiro de Presidencia, Administraciones
Públicas y Justicia

